Page 250 - Negociación_Colectiva_2018_en_el_sector_agroalimentario_español
P. 250
4.3.7.- Sector de panaderías
10.- CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE PANADERÍAS DE CÁDIZ.
(Convenio denunciado. Datos referidos al año 2016)
VIGENCIA 2015/2016
CÓDIGO CONVENIO 11000365011982
DENUNCIA DEL CONVENIO En el supuesto de que el Convenio fuese denunciado por cualquiera de las partes, éste se seguirá aplicando
a todos los trabajadores mientras no sea sustituido por un nuevo Convenio negociado con las Centrales Sin-
dicales representativas en el sector y la Patronal del mismo.
NÚMERO DE TRABAJADORES 1.100
HOMBRES 450
MUJERES 650
JORNADA 39 horas semanales
VACACIONES 30 días naturales
PAGAS EXTRAORDINARIAS Tres pagas extraordinarias de 30 días de salario convenio más antigüedad más plus de producción.
SALARIO ANUAL Peón: 12.031,75 Oficial 1ª: 13.974,00
INCREMENTO SALARIAL Sin datos.
CLÁUSULA DE REVISIÓN No
COMPLEMENTO DE I.T. Accidente de Trabajo: La Empresa completará el cien por cien del salario real desde el primer día cuando
el trabajador esté de baja por esta situación.
Enfermedad: La empresa, completará el cien por cien del salario real desde el primer día siempre que
exista hospitalización. En caso de enfermedad que no necesite hospitalización, será a partir del quinto día
inclusive cuando se abone el cien por cien.
250
CLÁUSULA DE A su finalización, los contratos de duración determinada o temporal, incluidos los contratos formativos,
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO y al objeto de facilitar la colocación estable, se podrá convertir en contrato de trabajo para el fomento
de la contratación indefinida regulado en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto Ley8/1997.
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL, se establece comisión territorial de salud laboral
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD SI
VIOLENCIA DE GÉNERO NO
PARTES FIRMANTES AFAVEPAN, APPYMEPAN, UGT y CC.OO