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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones



               30.- CONVENIO COLECTIVO DE CONFITERÍA, PASTELERÍA Y BOLLERÍA DE SALAMANCA

                VIGENCIA               2010-2012
                CÓDIGO CONVENIO
                DENUNCIA DEL CONVENIO  Cualquiera de las partes firmantes de este convenio podrá denunciarlo con tres meses de antelación a su
                                       terminación, mediante correo certificado dirigido a la otra parte. Denunciado el convenio y hasta que no
                                       se logre acuerdo expreso, se entenderá que se mantiene la vigencia de su contenido normativo.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  Sin datos.
                HOMBRES                Sin datos.
                MUJERES                Sin datos.
                JORNADA                1.766 horas anuales
                VACACIONES             26 días laborales
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas de 30 días de S.B.+Ant. + 1 paga de 30 días de S.B.+Ant. de beneficios
                SALARIO ANUAL          Peón: Sin datos.   Oficial 1ª: Sin datos.

                INCREMENTO SALARIAL    1,50%
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
                COMPLEMENTO DE I.T.    Las empresas complementarán hasta el 100% del salario real líquido, que el trabajador debiera percibir
                                       de estar en activo, siempre que se encuentre en cualquiera de estas situaciones:
                                       a) Desde el primer día y hasta la fecha del alta médica en caso de accidente de trabajo.
                                       b) Desde el primer día de ingreso en el centro hospitalario hasta el alta médica y en caso de posterior
                                       convalecencia fuera del hospital, hasta un período máximo de ocho meses desde la fecha de la baja.
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                                       c) A partir del día 7 y por un período de diez meses en caso de enfermedad común.
                CLÁUSULA DE            NO
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
                COMISIÓN DE FORMACIÓN  NO
                COMITÉ DE SALUD LABORAL  Según LPRL
                CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE  NO
                CLÁUSULAS DE IGUALDAD  NO
                VIOLENCIA DE GÉNERO

                PARTES FIRMANTES       ACSESPA, UGT, CCOO
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