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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones
30.- CONVENIO COLECTIVO DE CONFITERÍA, PASTELERÍA Y BOLLERÍA DE SALAMANCA
VIGENCIA 2010-2012
CÓDIGO CONVENIO
DENUNCIA DEL CONVENIO Cualquiera de las partes firmantes de este convenio podrá denunciarlo con tres meses de antelación a su
terminación, mediante correo certificado dirigido a la otra parte. Denunciado el convenio y hasta que no
se logre acuerdo expreso, se entenderá que se mantiene la vigencia de su contenido normativo.
NÚMERO DE TRABAJADORES Sin datos.
HOMBRES Sin datos.
MUJERES Sin datos.
JORNADA 1.766 horas anuales
VACACIONES 26 días laborales
PAGAS EXTRAORDINARIAS 2 pagas de 30 días de S.B.+Ant. + 1 paga de 30 días de S.B.+Ant. de beneficios
SALARIO ANUAL Peón: Sin datos. Oficial 1ª: Sin datos.
INCREMENTO SALARIAL 1,50%
CLÁUSULA DE REVISIÓN NO
COMPLEMENTO DE I.T. Las empresas complementarán hasta el 100% del salario real líquido, que el trabajador debiera percibir
de estar en activo, siempre que se encuentre en cualquiera de estas situaciones:
a) Desde el primer día y hasta la fecha del alta médica en caso de accidente de trabajo.
b) Desde el primer día de ingreso en el centro hospitalario hasta el alta médica y en caso de posterior
convalecencia fuera del hospital, hasta un período máximo de ocho meses desde la fecha de la baja.
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c) A partir del día 7 y por un período de diez meses en caso de enfermedad común.
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD NO
VIOLENCIA DE GÉNERO
PARTES FIRMANTES ACSESPA, UGT, CCOO