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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones
29.- CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIAS Y DESPACHOS DE PANIFICACIÓN, CONFITERÍA, PASTELERÍAS, REPOS-
TERÍAS Y PLATOS PRECOCINADOS DE LA PROVINCIA DE PONTEVEDRA. (Convenio sin actualizaciones salariales desde 2002)
VIGENCIA 2012-2013
CÓDIGO CONVENIO 36004185012007
DENUNCIA DEL CONVENIO El convenio, independientemente de su duración prevista, mantendrá su aplicación, hasta que sea susti-
tuido por un nuevo acuerdo.
NÚMERO DE TRABAJADORES Sin datos.
HOMBRES Sin datos.
MUJERES Sin datos.
JORNADA 40 horas semanales
VACACIONES 30 días naturales
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas de S.B.+Ant.
SALARIO ANUAL Peón: Sin datos. Oficial 1ª: Sin datos.
INCREMENTO SALARIAL Sin datos.
CLÁUSULA DE REVISIÓN NO
COMPLEMENTO DE I.T. Durante las situaciones definidas por la Seguridad Social, la empresa abonará desde el primer día de
baja del trabajador o trabajadora, el 75% de salario base más un complemento de antigüedad o com-
plemento personal, a partir del decimoquinto día, hasta el último día del duodécimo mes de baja el
100% de salario base más antigüedad o complemento personal.
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
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COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD Se respetará el principio de igualdad en todos los puestos de trabajo entre hombres y mujeres, sin ningún
tipo de discriminación y desaparecerá cualquier tipo de desigualdad que se practique por razón de sexo.
VIOLENCIA DE GÉNERO
PARTES FIRMANTES APROINPA, CIG, UGT, CC.OO.