Page 527 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN





                           Y un tope del 40% para todos aquellos trabajadores/as que estaban trabajando en la fecha 1 de Enero
                           de 2009, y que percibieran en aquellos momentos en su hoja de salarios el concepto de antigüedad
                           por debajo de la cifra establecida como límite máximo del presente párrafo.

                           Otro ejemplo de generación “Clásica” de antigüedad lo encontramos en el CONVENIO
                           COLECTIVO DE ACEITES Y DERIVADOS DE LA PROVINCIA DE TOLEDO, aplicable
                           en el Centro de trabajo de los Yébenes (Toledo), de ACEITES TOLEDO, S.L.. se trata
                           de un Centro de trabajo también fabricante de MDD.
                           Art. 31. Complementos Personales.
                           El personal comprendido en este Convenio percibirá aumentos periódicos por años de servicio
                           conforme a la siguiente escala:
                           A los 3 años...... el 5 por 100 de Salario Base.
                           A los 6 años.... el 10 por 100 de Salario Base.
                           A los 11 años.. el 20 por 100 de Salario Base.
                           A los 16 años.. el 30 por 100 de Salario Base.
                           A los 21 años.. el 35 por 100 de Salario Base.
                           En todo caso se respetarán las cantidades que se vinieran percibiendo por este concepto, si son
                           superiores en su cuantía a las resultantes de aplicar la escala anterior, quedándose a partir de ese
                           momento congeladas en dicha cantidad.
                           Los trabajadores con más de 21 años de servicio en la empresa y que en fecha 3 de junio de 1996
                           estuvieran generando un nuevo quinquenio en tiempo superior a 2,5 años, se les respetará el cobro
                           del nuevo quinquenio cuando llegue su tiempo, quedando a partir de entonces congelada la cuantía.

                           La conclusión que podemos extraer del análisis de este apartado es que la
                           antigüedad es un concepto amplísimamehte recogido en los Centros de trabajo de
                           la muestra del sector de fabricación de aceites, y su regulación está representada
                           en un mayor porcentaje en los Convenios de las empresas que fabrican en todo
                           o en parte MDD, por lo que entendemos que la regulación de esta materia puede
                           considerarse más desarrollada en este tipo de empresas.







                           2. Jornada


                           2.1. Jornada de trabajo.

                           De los 27 centros de trabajo de la muestra analizada, 21, es decir, el 78% tienen
                           recogida jornada Anual, si bien algunos hacen referencia también a la jornada
                           semanal, 6 Centros de trabajo tienen recogida en exclusiva la jornada laboral de 40
                           horas, que se regula tan solo en dos de los Convenios, que son:

                           •  CONVENIO COLECTIVO DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN DE GRANADA,
                             que se aplica en el centro de D COOP, S.C.A. en Santa Fe (Granada), fabricante en
                             exclusiva de MDF, en el de INTERÓLEO PICUAL JAÉN, S.A. en Granada, igualmente
                             fabricante de MDF y el de ACEITES MAEVA, S.L. en Escuzar (Granada), que fabrica
                             MDD.

                           •  FÁBRICAS DE ACEITE DE OLIVA, EXTRACTORAS DE ORUJO Y ADEREZO Y
                             EXPORTACIÓN DE ACEITUNAS DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA, que se aplica en
                             los Centros de trabajo de D COOP, S.C.A EN Antequera, y INTERÓLEO PICUAL








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