Page 525 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN
1.2. Salario variable.
La regulación sobre salario variable solo se haya recogida en un Centro de trabajo
de la muestra. Se trata del Centro de Trabajo de Los Yébenes (Toledo) de ACEITES
TOLEDO, S.L. que aplica el CONVENIO COLECTIVO DE ACEITES Y DERIVADOS
DE LA PROVINCIA DE TOLEDO, vigente entre los años 2020-2023. Se trata de una
empresa fabricante de MDD
La redacción del artículo que lo regula es la siguiente:
CONVENIO COLECTIVO DE ACEITES Y DERIVADOS DE LA PROVINCIA DE TOLEDO,
vigente entre los años 2020-2023
Art 33. Complemento de Calidad o Cantidad.
a) SALARIO INCENTIVADO.
La realización de los trabajos podrá concertarse, de mutuo acuerdo, en régimen de Remuneración
con incentivo, como el trabajo a destajo o tarea. Para el cálculo de la retribución del/la trabajador/a
en estos casos, se tendrá en cuenta el tiempo que ha de invertir en cada faena u operación con
arreglo al rendimiento y al importe de los salarios mínimos, estimándose que, tanto en las tareas
como en los destajos, el/la trabajador/a deberá obtener un aumento sobre el salario mínimo de este
Convenio no inferior al 25 por 100
Al respecto de este apartado comentar que, pese a que por las características de
la actividad realizada el salario Variable estará presente en todas o en la mayoría de
las empresas del sector, solo existe un Convenio con regulación específica en esta
materia, que es el que mencionamos.
El comentario que queremos hacer al respecto es que, por su escasa representación
en la muestra, no se puede concluir que la regulación del concepto de salario
Variable constituya un factor diferenciador en las condiciones de trabajo de las
personas trabajadoras de los Centros de Empresas que fabrican MDD y las que no
lo hacen.
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