Page 499 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN
Comisión de Igualdad
El 54% de los convenios analizados del sector de Fabricación de comida Refrigerada
no hace ninguna referencia a la Comisión de igualdad, ni menciona, ni desarrolla las
funciones de esta comisión.
El 86% de los convenios analizados que recoge en su articulado algo sobre la
Comisión de Igualdad se aplica en empresas fabricantes, en mayor o menor medida,
de productos MDD, frente al 14% que se aplica en empresas fabricantes de MDF.
Dentro del grupo de convenios que cuenta con una Comisión de Igualdad, la mitad
son convenios de empresa y la otra mitad restante, convenios sectoriales de ámbito
estatal.
En el grupo de convenios que simplemente menciona algo sobre la Comisión de
Igualdad, se encuentran los convenios de aplicación en Nueva Pescanova en sus
centros de Chapela (Artículo 31), Porriño (Artículo 34) y Arteixo (Artículo 29) aunque
se refiere a la comisión negociadora destinada a negociar e implementar un Plan de
igualdad y el Convenio de Conservas, semiconservas y salazones de pescado y
marisco en su Disposición adicional cuarta: “Las partes firmantes (…) acuerdan dar continuidad
a la comisión paritaria para la igualdad de oportunidades y no discriminación, cuyo funcionamiento y
competencias se contienen en el correspondiente reglamento interno.”
En lo que se refiere a una Comisión de igualdad con mayor desarrollo, lo encontramos
en dos convenios colectivos de ámbito estatal, que se ocupan de desarrollar la
composición, el funcionamiento y las funciones de esta comisión. Tal es el caso
del Convenio colectivo de Industrias Cárnicas, en su Disposición adicional quinta:
“La Comisión Paritaria para la Igualdad de Oportunidades y la no discriminación, estará integrada
por cuatro componentes de la representación empresarial y cuatro de la representación sindical.
La Comisión fijará el contenido de sus labores, así como el reglamento interno de funcionamiento
y el calendario de reuniones. Las partes en el seno de esta Comisión trabajarán en todos los
temas que le sean propios y, en especial, en la difusión del Protocolo de Acoso Laboral y Sexual
suscrito así como impulsar la realización de estudios sobre la posible brecha salarial existente” y
con un desarrollo más completo y más interesante en el Artículo 84 del Convenio
sectorial de Fabricación de conservas vegetales: “Se establece la Comisión para la
igualdad de Oportunidades y la no Discriminación. Estará integrada por cuatro representantes de la
parte empresarial y cuatro de los sindicatos firmantes del convenio que reúnan el requisito de estar
afiliados. Se procurará que en la misma sea paritaria en cuanto a género. Los representantes de la
parte sindical tendrán un crédito anual retribuido de 16 horas para sus trabajos en esta comisión.
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