Page 498 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
P. 498

Principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.


                           En cuanto a los convenios que regulan de alguna manera los términos y condiciones
                           para garantizar el principio de igualdad entre mujeres y hombres, hay que señalar
                           que el 77% de los convenios analizados de este sector regula de forma más o menos
                           extensa la igualdad de oportunidades.


























                           Dentro del grupo de convenios que regula la igualdad entre mujeres y hombres, el
                           60% son convenios sectoriales y el 40% son convenios de empresa.

                           En cuanto a la relación de las empresas que aplican estos convenios con la fabricación
                           de productos MDD o MDF, el análisis muestra que el 80% de los convenios analizados
                           que tiene regulado este principio se aplica en empresas fabricantes, en mayor o
                           menor medida, de productos MDD.

                           En cuanto a las formas de regular el principio de igualdad, el 60% de los convenios
                           regula de conformidad a lo expuesto la Ley 3/2007, tal es el caso de los convenios
                           sectoriales de  Acuicultura Marina (Cláusula adicional sexta), del  Convenio de
                           Conservas, semiconservas  y salazones de pescado  y marisco (Disposición
                           adicional cuarta) y del Convenio sectorial de Fabricación de conservas vegetales
                           (Artículo 79) y de los Convenios colectivos de Nueva Pescanova en sus centros de
                           Chapela (Artículo 31), Porriño (Artículo 34) y Arteixo (Artículo 29) que reproducen el
                           mismo texto: “Pescanova España S.L.U. y los representantes de los trabajadores/as, conjugando
                           los principios de libertad y autonomía contractual con el fomento de la igualdad entre mujeres y
                           hombres entienden necesario hacer un esfuerzo considerando a este un sector comprometido y
                           avanzado en las políticas de igualdad. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007.”

                           El 40% restante menciona de forma genérica el principio de igualdad y no
                           discriminación, tal es el caso de los convenios sectoriales de Industrias Cárnicas
                           (Artículo 86). Convenio de empresas de elaboración de productos del mar con
                           procesos de congelación y refrigeración (Artículo 28. Cláusula de no Discriminación)
                           y el Convenio de Industria y comercio de Guipúzcoa (Artículo 59. Igualdad y no
                           discriminación). Esta forma de regular la igualdad entre mujeres y hombres se
                           encuentra también en el convenio de empresa de Antulo del centro de O Grove en
                           su Artículo 34. Compromiso con la igualdad de género.











     498
   493   494   495   496   497   498   499   500   501   502   503