Page 429 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN
En cuanto a los convenios colectivos que incluyen el acoso en su régimen
disciplinario como falta muy grave, hay que destacar que en ambos convenios se
incluye una definición del tipo de acoso. El Convenio colectivo de Granjas avícolas
y otros animales solo incluye el acoso sexual en su Anexo III. Incumplimiento, faltas
y sanciones de los trabajadores: “1.4.14. El acoso sexual entendiendo como tal cualquier
comportamiento verbal o físico, de naturaleza sexual, que tenga el propósito o produzca el efecto
de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio,
degradante u ofensivo, desarrollada en el ámbito de organización y dirección de una empresa, o en
relación o como consecuencia de una relación de trabajo.”
Mientras que el Convenio de Fabricación de alimentos compuestos para animales
incluye en su Artículo 36 la definición de ambos tipos de acoso, sexual y por razón
de sexo: “1.5.12 El acoso sexual, entendiendo por tal cualquier comportamiento, verbal o físico, de
naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una
persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. Constituye
acoso por razón de sexo cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona,
con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio,
degradante u ofensivo. Si tal conducta o comportamiento se lleva a cabo prevaliéndose de una
posición jerárquica supondrá una circunstancia agravante.”
En cuanto a los convenios que incluyen también medidas preventivas para evitar
situaciones de acoso sexual y por razón de sexo hay que señalar que son el 75% de
los convenios analizados.
Se trata del Convenio Colectivo de la Industria Cárnica y el Convenio Colectivo
de mataderos de aves y conejos y el Convenio de Fabricación de alimentos
compuestos para animales. En ambos casos las medidas preventivas se incluyen
como un punto del Protocolo para la prevención y actuación en los casos de acoso
y se refieren a lo siguiente: “• Difusión a toda la plantilla del protocolo de prevención y actuación
en los casos de acoso. Dicha difusión se podrá realizar utilizando, en su caso, la red interna (intranet).
Siempre se tendrá un ejemplar del protocolo de actuación a disposición de las personas trabajadoras
para su consulta. • Fomentar la comunicación de la resolución de los casos de acoso. • Promover un
entorno de respeto, corrección en el ambiente de trabajo, inculcando a todo el personal los valores de
igualdad de trato, respeto, dignidad y libre desarrollo de la personalidad. • Favorecer la integración de
las personas de nuevo ingreso, evitando situaciones de aislamiento mediante un seguimiento de las
mismas. • Se facilitará información y formación a la plantilla sobre los principios y valores que deben
respetarse en la empresa y sobre las conductas que no se admiten. • Prohibición de las insinuaciones
o manifestaciones que sean contrarias a los principios reseñados, tanto en el lenguaje, como en
las comunicaciones y en las actitudes. Entre otras medidas, se eliminará cualquier imagen, cartel,
publicidad, etc. que contenga una visión sexista y estereotipada de mujeres y hombres. • Cuando
se detecten conductas no admitidas en un determinado área o equipo de trabajo, la Dirección
de la Empresa se dirigirá inmediatamente a la persona responsable de dicho área/equipo, a fin de
informarle sobre la situación detectada, las obligaciones que deben respetarse y las consecuencias
que se derivan de su incumplimiento, y proceder a poner en marcha el protocolo acordado. La
representación legal de los trabajadores se compromete igualmente a poner en conocimiento de la
empresa cualquier conducta no admitida.”
En cuanto a los convenios que establecen un procedimiento de actuación en casos
de acoso con un Protocolo de prevención y actuación del acoso hay que señalar que
el 75% de los convenios analizados cuenta con dicho procedimiento.
Solo el Convenio colectivo de Granjas avícolas y otros animales mandata la
elaboración de un Procedimiento de actuación en casos de acoso en su Disposición
adicional segunda: “Se creará una comisión técnica dentro de la Comisión Paritaria que desarrolle
un Protocolo para la prevención y actuación en los casos de acoso, cuyos acuerdos se incluirán en
el Convenio Colectivo.”
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