Page 431 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN





                           Dentro del grupo de convenios que recoge estas medidas, encontramos referencias
                           a algunos de los derechos establecidos en la Ley 1/2004. Así el Convenio Colectivo
                           de Mataderos de Aves y Conejos en su artículo 20 recoge el derecho a reducción
                           de jornada: “Las trabajadoras víctimas de la violencia de género a que se refiere el apartado uno
                           de la Disposición Adicional séptima de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de
                           protección integral contra la violencia de género, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo
                           con disminución proporcional del salario o la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la
                           adaptación  del  horario,  de  la  aplicación  flexible  o  de  otras  formas  de  ordenación  destiempo  de
                           trabajo que se utilicen en las empresas.” Y el Fabricación de alimentos compuestos para
                           animales recoge los derechos legalmente establecidos para las trabajadoras víctimas
                           de violencia de género en su artículo 14 (Licencias): “5. Asimismo, los progenitores tendrán
                           derecho  al  permiso  por  lactancia  de  hijos  menores  de  nueve  meses,  por  nacimiento  de  hijos
                           prematuros, para la realización de exámenes prenatales, para el cuidado de hijos menores de seis
                           años, así como a reducir o reordenar su jornada de trabajo cuando sean víctimas de la violencia de
                           género.” Y en su artículo 30 (Movilidad funcional y geográfica): “La persona trabajadora víctima de
                           violencia de género que se vea obligada a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde venía
                           prestando sus servicios, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral,
                           tendrá derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo grupo profesional o categoría
                           equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo.”







                           Conclusiones


                           • El análisis de los convenios colectivos en el Top 10 de las empresas del sector de
                           Avicultura nos muestra que todas estas empresas aplican algún Convenio colectivo
                           sectorial de ámbito estatal.

                           El 75% de los convenios analizados regula de alguna manera los términos y
                           condiciones para garantizar el principio de igualdad entre mujeres y hombres y el
                           25% que no regula este principio se aplica en empresas MDD.

                           El 67% de los convenios recoge el principio de igualdad de manera genérica tal es
                           el caso del  Convenio colectivo de Industria cárnica y del  Convenio de Mataderos
                           de aves y conejos. Mientas que el convenio colectivo de  Granjas avícolas y otros
                           animales cuenta con un artículo dedicado a la Igualdad de oportunidades en el que
                           hace mención a la Ley 3/2007.
                           El 75% de los convenios analizados de aplicación en el sector Avícola menciona o
                           regula una Comisión de igualdad.

                           En los convenios de Industrias Cárnicas, Mataderos de aves y conejos y Fabricación
                           de alimentos compuestos para animales  encontramos una Comisión de igualdad
                           desarrollada en cuanto su composición, funcionamiento y funciones.

                           La mitad de los convenios analizados de aplicación en el sector de recogen la
                           obligatoriedad de negociar Planes de Igualdad y estos convenios son de aplicación
                           en empresas fabricantes, en mayor o menor medida, de productos MDD.

                           El convenio colectivo de Granjas avícolas y otros animales cuenta con un artículo
                           dedicado a la Igualdad de oportunidades en el que recoge la obligatoriedad de
                           negociar planes en empresas de más de 250 personas, algo que ya ha quedado
                           obsoleto con la aplicación del RD6/2019, mientras que el convenio de Fabricación







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