Page 415 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN





                           Como ejemplo:

                           CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE MATADEROS DE AVES Y CONEJOS 2019-
                           2025 (CÓDIGO DE CONVENIO N.º 99003395011981), aplicable en 22 Centros de
                           Trabajo de la muestra, tanto fabricantes como no fabricantes de MDD.

                           Artículo 47. Derechos sindicales.
                           Las empresas respetarán el derecho de todos los trabajadores a sindicarse libremente, admitirán
                           que los trabajadores afiliados a un Sindicato puedan celebrar reuniones, recaudar cuotas y distribuir
                           información fuera de horas de trabajo y sin perturbar la actividad normal de las empresas, no podrán
                           sujetar el empleo de un trabajador a las condiciones de que no se afilie o renuncie a su afiliación
                           sindical y tampoco despedir a un trabajador o perjudicarle de cualquier forma, a causa de su afiliación
                           o actividad sindical. Los sindicatos podrán remitir información a sus afiliados a fin de que ésa sea
                           distribuida, fuera de las horas de trabajo, y sin que, en todo caso, el ejercicio de tal práctica pudiera
                           interrumpir  el  desarrollo  del  proceso  productivo.  En  los  centros  de  trabajo  existirán  tablones  de
                           anuncios en los que los sindicatos podrán insertar comunicaciones, a cuyo efecto dirigirán copias
                           de las mismas previamente a la dirección o titularidad del centro.
                           En aquellos centros de trabajo con plantilla que exceda de 120 trabajadores y cuando los Sindicatos
                           o Centrales hayan obtenido el 10 por 100 de los votos en las elecciones al Comité de Empresa, la
                           representación del Sindicato o Central será ostentada por un Delegado.
                           El Sindicato que alegue poseer derecho a hallarse representado mediante titularidad personal en
                           cualquier empresa deberá acreditarlo ante la misma de modo fehaciente, reconociendo ésta, acto
                           seguido, al citado Delegado su condición de representante del sindicato a todos los efectos.
                           El Delegado sindical deberá ser trabajador activo en las respectivas Empresas y designado de acuerdo
                           con los Estatutos de la central o sindicato a quien represente



                           4.3. Otros derechos sindicales.
                           La regulación de otros Derechos sindicales está presente en 38 de los 39 Centros de
                           Trabajo de las empresas del sector de Avícolas.

                           De ellos, el 68% (26 de 38) corresponden a centros de Trabajo de empresas que
                           fabrican en todo o parte MDD


























                           Los derechos que incluimos en este apartado, en el caso concreto de Sector de
                           Avícolas hacen referencia a los Derechos de los negociadores de Convenios.











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