Page 414 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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Empresas hasta 100 personas, quince horas mensuales.
                             Empresas de 101 hasta 250 personas, veinte horas mensuales.
                             Empresas de 251 hasta 500 personas, treinta horas mensuales.
                             Empresas de 501 hasta 750 personas, treinta y cinco horas mensuales.
                             Empresas de 751 personas en adelante, cuarenta horas mensuales.
                           El Delegado de Prevención tendrá las mismas horas que el resto de la RLT en función del número de
                           personas a que representen.
                           Las  personas  que  conforman  los  Comités  de  Empresa  o  Delegados  de  Personal  miembros  de
                           una central sindical podrán ceder las citadas horas para ser acumuladas en favor de uno de sus
                           compañeros de central y Comité, referidas al mes en curso y avisando con una antelación de al
                           menos diez días hábiles, a la Dirección de la empresa.
                           Asimismo, los representantes sindicales podrán acumular el crédito de horas mensuales retribuidas,
                           por trimestres, avisando y justificando a la Dirección de la empresa, con diez días de antelación,
                           la asistencia a cursos de formación organizados por los sindicatos, institutos de formación y otras
                           entidades, así como otras actividades sindicales.
                           No se computarán dentro del máximo legal de horas el exceso que sobre el mismo se produzcan con
                           motivo de la designación por parte de los Sindicatos de las personas trabajadoras como componentes
                           de Comisiones Negociadoras de Convenios Colectivos en los que sean afectados y por lo que se
                           refiere a la celebración de sesiones oficiales a través de las cuales transcurran tales negociaciones y
                           cuando la empresa en cuestión se vea afectada por el ámbito de negociación referido.





                           4.2. Delegado Sindical.

                           Los 39 Centros de trabajo de a muestra tienen recogidas en sus respectivos Convenios
                           cláusulas relativas a la elección de Delegado Sindical por debajo de los umbrales que
                           marca la norma.

                           De los Centros de trabajo que recogen en sus Convenios este tipo de Clausulas,
                           como ya veíamos en anteriores apartados, 26, que suponen el 67%, fabrican MDD.


























                           Los Convenios que se aplican en la inmensa mayoría de los Centros de Trabajo, que
                           son el de Mataderos de Aves y Conejos y el de Granjas Avícolas tienen recogida la
                           elección de Delegados sindicales por debajo de los umbrales de lo previsto por la
                           Ley. Así por ejemplo el de Matadero de Aves y Conejos prevé la elección de Delegado
                           sindical en Centros de trabajo de menos de 120 trabajadores y con una determinada
                           implantación sindical. Otro tanto ocurre con el de Granjas Avícolas, que prevé la
                           elección desde 100 trabajadores. El de Fabricación de alimentos compuestos para
                           animales prevé la elección a partir de 75 personas trabajadoras.




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