Page 473 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación Resultados de la investigación
CLAUSULA DE ESTABILIDAD EN EL EMPLEO:
Complemento por IT Enfermedad Común.
Tan solo 1 de los 17 Centros de Trabajo (6%) de la muestra del Sector de Conservas
Vegetales recoge en su Convenio de aplicación complemento en las situaciones de
Incapacidad Transitoria derivada de Enfermedad común, en este caso hasta el 75% de la
Base Reguladora desde el primer día de la baja.
Incapacidad Transitoria
complemento enfermedad común
Se regula
6%
No se regula
94%
El Convenio que recoge este complemento es el que afecta al Centro de trabajo de
SÁLICA en BERMEO (BIZKAIA) que fabrica MDD.
El redactado del artículo correspondiente del Convenio colectivo es el siguiente:
CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE CONSERVAS Y SALAZONES DE PESCADO DE
BIZKAIA
Artículo 45.—Incapacidad temporal
Las empresas complementarán las prestaciones de la Seguridad Social por Incapacidad
Temporal hasta el 75% de la base reguladora incluida la prorrata de pagas extras en caso
de IT por enfermedad y hasta el 100% en caso de IT por Accidente Laboral, en ambos
casos desde el primer día de la baja, procediéndose al descuento correspondiente en el
momento de abonar las gratificaciones extraordinarias
Complemento por IT por Accidente de Trabajo, Enfermedad
profesional u hospitalización.
La cobertura por encima de las prestaciones de Seguridad Social en los casos de
Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional, por el contrario, están presentes en
todos los Centros de trabajo de las empresas de la muestra analizada. Esta cobertura
es, en todos los casos, del 100%, aunque los conceptos son, en un caso 100% de la
Base Reguladora (Convenio de Conservas y salazones de Bizkaia) y en el otro el 100%
para el resto (Centros a los que se aplica el CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE
CONSERVAS, SEMICONSERVAS Y SALAZONES DE PESCADO Y MARISCO
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