Page 475 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación                                                                                                                                                                    Resultados de la investigación





                        DERECHOS SINDICALES:


                        El 100% de los Convenios analizados recogen regulación sobre Derechos sindicales





                                                        Derechos sindicales



                                        Se regula                              No se regula
                                        100%                                   0%
















                        Las  mejoras  que  aparecen  recogidas  en  el  CONVENIO  ESTATAL  DE  CONSERVAS,
                        SEMICONSERVAS Y SALAZONES DE PESCADO Y MARISCO son:

                        Artículo 45. Derechos Sindicales.
                        En aquellos centros de trabajo con plantilla que exceda de 200 trabajadores y cuando
                        los sindicatos o centrales posean en los mismos una afiliación superior al 15 por 100 de
                        aquella, la representación del sindicato o central será ostentada por un delegado.
                        El  delegado  sindical  deberá  ser  trabajador  en  activo  de  las  respectivas  empresas  y
                        designado de acuerdo con los estatutos de la central o sindicato a quien represente.
                        Será preferentemente miembro del comité de empresa.

                        Artículo 46. Derechos de los Delegados Sindicales.
                        12.  Excedencia:  Podrá  solicitar  la  situación  de  excedencia  aquel  trabajador  en  activo
                        que ostenta cargo sindical de relevancia provincial, a nivel de secretariado del sindicato
                        respectivo y nacional en cualquiera de sus modalidades. Permanecerá en tal situación
                        mientras se encuentre en el ejercicio de dicho cargo, reincorporándose a su empresa
                        si lo solicitara en el término de un mes al finalizar el desempeño del mismo. En las
                        empresas con plantilla inferior a 50 trabajadores, los afectados por el término de su
                        excedencia, cubrirán la primera vacante que de su grado profesional se produzca en su
                        plantilla de pertenencia, salvo pacto individual en contrario.
                        13.  Participación  en  las  negociaciones  de  los  convenios  colectivos:  A  los  delegados
                        sindicales o cargos de relevancia nacional de las centrales implantadas nacionalmente y
                        que participen en las comisiones negociadoras de convenios colectivos, manteniendo
                        su vinculación como trabajadores en activo de alguna empresa, les serán concedidos
                        permisos retribuidos por las mismas, a fin de facilitarles su labor como negociadores y
                        durante el transcurso de la antedicha negociación, siempre que la empresa esté afectada
                        por la negociación en cuestión.


                        Como conclusión a este apartado decir que la Regulación de Derechos sindicales por
                        encima de la norma están generalizados en todos los Convenios de la muestra, y su
                        presencia no está ligada al hecho de que la empresa sea o no fabricante de MDD.






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