Page 439 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación                                                                                                                                                                    Resultados de la investigación





                        Obligatoriedad de negociar Planes de Igualdad


                        El 56% de los convenios analizados del sector de Panadería y pastelería no recoge la
                        obligatoriedad de negociar Planes de Igualdad, ni siquiera menciona este tipo de planes.




                                                         Planes de igualdad

                                                                                 Se regula
                                                                                 56%
                                No se regula
                                44%











                        El 87% de los convenios analizados que recoge en su articulado algún desarrollo sobre
                        Planes de Igualdad se aplica en empresas fabricantes, en mayor o menor medida, de
                        productos MDD.

                        Dentro del grupo de convenios que regula los Planes de Igualdad, el 87% son convenios
                        de empresa y el 13% restante, convenios sectoriales de ámbito provincial.

                        Los convenios sectoriales que regulan este principio lo hacen de maneras muy diferentes,
                        el  Convenios  Colectivos  de  Panaderías  de  Tarragona,  recoge  la  obligatoriedad,  ya
                        obsoleta, para las empresas de 150 trabajadoras o trabajadores, mientras que Convenio
                        Colectivo  de  Panadería  de  Navarra  en  su  Art.  49  cuenta  con  un  desarrollo  mucho
                        más amplio y completo, ya menciona la obligatoriedad en las empresas de 50 o más
                        trabajadores, “En las empresas de 50 o más trabajadores, tengan uno o más centros de
                        trabajo, las medidas de igualdad a que se refiere el párrafo anterior deberán dirigirse a la
                        elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad”; desarrolla el concepto de planes de
                        igualdad, la información que debe recoger el diagnóstico de situación “Previamente a
                        la fijación de los objetivos de igualdad que en su caso deban alcanzarse, las empresas
                        realizarán un diagnóstico de situación (…)El diagnóstico de situación deberá proporcionar
                        datos desagregados por sexos en relación, entre otros, con algunas de las siguientes
                        cuestiones:  a)  Distribución  de  la  plantilla  en  relación  con  edades,  antigüedad,  nivel
                        jerárquico, grupos profesionales y nivel de formación. b) Distribución de la plantilla en
                        relación con tipos de contratos. c) Distribución de la plantilla en relación con grupos
                        profesionales y salariales. d) Distribución de la plantilla en relación con ordenación de
                        la jornada, horas anuales de trabajo, régimen de turnos y medidas de conciliación de
                        la vida familiar y laboral. e) Distribución de la plantilla en relación con la representación
                        sindical. f) Ingresos y ceses producidos en el último año especificando grupo profesional,
                        edad y tipo de contrato. g) Niveles de absentismo especificando causas y desglosando
                        las correspondientes a permisos, incapacidades u otras. h) Excedencias último año y
                        motivos. i) Promociones último año especificando grupo profesional y puestos a los que
                        se ha promocionado, así como promociones vinculadas a movilidad geográfica. j) Horas
                        de formación último año y tipo de acciones formativas” y los objetivos de los planes de
                        igualdad.







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