Page 257 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario
de que sirva de base para el cálculo de la tabla
salarial del año siguiente
Igualdad de trato entre y
oportunidades entre hombres y
PERSPECTIVA DE Principio de Igualdad Salarial
mujeres
GÉNERO E Protección de Violencia de Género
IGUALDAD Acoso Sexual y por razón de sexo
(Sanciones/medidas/protocolo)
Disposición adicional 1.ª - Igualdad de
Oportunidades entre Mujeres y Hombres: “Las
partes afectadas por el presente convenio se
137. IGUALDAD DE TRATO Y comprometen a promover el Principio de Igualdad
OPORTUNIDADES ENTRE de Oportunidades y No Discriminación por razón
HOMBRES Y MUJERES de sexo con carácter transversal en todas las
políticas y áreas de la empresa. Este compromiso
conlleva el de remover los obstáculos que puedan
incidir en el incumplimiento de este principio.”
Disposición Adicional 5.ª Igualdad de retribución:
138. PRINCIPIO DE IGUALDAD El empresario está obligado a pagar por un trabajo
SALARIAL de igual valor el mismo salario, sin que pueda haber
discriminación alguna por razón de género, edad,
nacionalidad, orientación sexual o cualquiera otra
Disposición adicional 3.ª - Violencia de Género:
Las partes firmantes de este acuerdo manifiestan
expresamente su absoluto rechazo contra la
violencia de género, y, siendo conscientes de que
la Negociación Colectiva es el cauce óptimo para
facilitar el ejercicio efectivo de las medidas de
protección para las mujeres víctimas de violencia
de género en el ámbito laboral previstas en la LO
1/2004, acuerdan, a tal efecto, lo siguiente:
Reconocer como vías de acreditación suficiente de
la condición de víctima de violencia de género,
139. PROTECCIÓN DE además de las previstas en la Ley (Orden de
VIOLENCIA DE GÉNERO Protección o Informe del Ministerio Fiscal) las
siguientes:
• Dictamen de los Servicios Sociales.
• Denuncia ante el juzgado. – Cada uno de estos
documentos, por separado, será suficiente para
poder acceder a las medidas de protección
previstas en el Título 2.º de la Ley, y que son, entre
otras
• Reducción de la jornada de trabajo con
disminución proporcional del salario, o la
reordenación del tiempo de trabajo, a través de la
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