Page 256 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario







            BUENAS PRÁCTICAS EN EL SECTOR



                                 AGROALIMENTARIO




                                                           NOMBRE DEL CONVENIO


                                                           PASTELERIA        Y    CONFITERIA        DE     LA
                       DATOS                               PROVINCIA DE ÁVILA
                                                           SECTOR
                  GENERALES                                CONFITERÍAS, PASTELERÍAS, CHOCOLATES,

                                                           MASAS FRITAS, CARAMELOS Y TURRONES

                                                           ÁMBITO TERRITORIAL

                                                           PROVINCIAL


                                                                 EJERCICIO ECONÓMICO 2022


             POLÍTICA SALARIAL                                        Incremento salarial
                                                                      Salario anual
                                                                      Diferencia con el SMI 2022
                                                                      Cláusula de revisión salarial

                  137.  INCREMENTO SALARIAL                      No viene especificado


                                                                        PEÓN                 OFICIAL 1ª
                  138.  SALARIO ANUAL
                                                                      14.000,1 €              14.750,1 €

                                                                        PEÓN                 OFICIAL 1ª

                  139.  DIFERENCIA CON EL SMI
                                                                        0,10 €                750,10 €

                                                                 Artículo 14 - Revisión Salarial: En el caso de
                                                                 que el Índice de Precios al Consumo
                                                                 establecido por el Instituto Nacional de
                  140.  CLÁUSULA DE REVISIÓN                     Estadística (INE) registrara, al 31 de diciembre
                     SALARIAL                                    de 2023, un incremento superior al 2,5 %, la
                                                                 tabla salarial y el resto de conceptos pactados
                                                                 para el mismo serán objeto de una revisión
                                                                 salarial en el exceso que resulte, a los efectos


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