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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario


                                                             como el  resto  de  Reglamentos de especial
                                                             aplicación a la actividad específica de la empresa.
                                                             En todo caso se evitará la permanencia de
                                                             trabajadoras embarazadas en trabajos tóxicos y
                                                             peligrosos. El empresario aplicará las medidas que
                                                             integran el deber de  protección  a las personas
                                                             trabajadoras, con arreglo a los principios de la
                                                             acción preventiva. Las personas están obligadas a
                                                             observar  en su  trabajo las medidas legales y
                                                             reglamentarias  de  seguridad  e  higiene  En  la
                                                             inspección y control de dichas medidas que sean
                                                             de  observancia  obligada  por  el  empresario,  el
                                                             trabajador tiene derecho a participar por medio de
                                                             sus representantes legales en el centro de trabajo,
                                                             si  no  se  cuenta  con  órganos  o  centros
                                                             especializados competentes en la materia a tenor
                                                             de la legislación vigente.  El empresario  está
                                                             obligado a facilitar una formación teórica, práctica,
                                                             suficiente  y  adecuada  en  materia  de  seguridad  e
                                                             higiene a las personas que contrate,  o cuando
                                                             también de puesto de trabajo o tengan que aplicar
                                                             una nueva  técnica  que pueda  ocasionar riesgos
                                                             graves para ellas o terceras personas, ya sea con
                                                             servicios propios, ya sea con la intervención de los
                                                             servicios oficiales correspondientes. La plantilla está
                                                             obligada a seguir dichas enseñanzas y a realizar la
                                                             formación cuando se celebren dentro de la jornada
                                                             de trabajo o en otras horas, pero con el descuento
                                                             en aquéllas del tiempo invertido en las mismas.
                                                             Los órganos internos de la empresa competentes
                                                             en  materia  de  seguridad  y,  en  su  defecto,  la
                                                             Representación  Legal  de los trabajadores en el
                                                             centro de trabajo, que aprecien una probabilidad
                                                             seria y grave de accidente por la inobservancia de
                                                             la legislación aplicable en la materia, requerirán a la
                                                             Dirección  de la empresa por escrito para que
                                                             adopte las  medidas  oportunas que  hagan
                                                             desaparecer el estado de riesgo; si la petición no
                                                             fuese atendida en un  plazo de cuatro días, se
                                                             dirigirán  a  la  autoridad  competente;  si  esta
                                                             apreciase las circunstancias alegadas, mediante
                                                             Resolución  fundada, requerirá  al empresario para
                                                             que adopte las medidas de seguridad apropiadas, o
                                                             que suspenda sus actividades en la zona o local de
                                                             trabajo o con el material peligroso. También podrá
                                                             ordenar, con los informes técnicos precisos, la
                                                             paralización inmediata del trabajo si se estima un
                                                             riesgo grave de accidente.
                                                             Si el  riesgo de accidente  fuera inminente, la
                                                             paralización de las actividades podrá ser acordada


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