Page 287 - Negociación Colectiva 2017 en el sector agroalimentario español
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4.3.9.- Sector de torrefactores del café
2.-CONVENIO COLECTIVO DE TORREFACTORES DE CAFÉ Y FABRICANTES DE SUCEDÁNEOS DE MADRID.
VIGENCIA Del 1 de Abril de 2017 al 31 de Marzo de 2019
CÓDIGO CONVENIO 28004005011981
DENUNCIA DEL CONVENIO Se entenderá prorrogado por períodos de un año, si cualquiera de las partes no lo denuncia por escrito ante la
otra u otras dentro de los tres últimos meses de la terminación de su vigencia
NÚMERO DE TRABAJADORES 206
HOMBRES 86
MUJERES 120
JORNADA Jornada diurna. Para las empresas que tengan establecido o establezcan la jornada continuada de trabajo,
será de cuarenta y dos horas y treinta minutos de trabajo semanales y estas vendrán obligadas a conceder
treinta minutos diarios ininterrumpidos para la consumición del bocadillo. Aquellas empresas que su jornada
de trabajo sea partida, tendrán cuarenta horas semanales de trabajo efectivo. Jornada nocturna. Será de treinta
y seis horas semanales efectivamente trabajadas.
VACACIONES Todo el personal afectado por el presente convenio tendrá derecho al disfrute de treinta días naturales de
vacaciones retribuidas,
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas, 2 extraordinarias y 1 de beneficios, de salario base mensual+ antigüedad cada una de ellas.
EUROS AÑO PEÓN 12.490,10
EUROS AÑO OFICIAL 1ª 13.862,12
INCREMENTO SALARIAL 01/04/2017 al 31/03/2018: 1,2%
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
COMPLEMENTO DE I.T. El trabajador que sufra un accidente de trabajo con baja recibirá de la empresa un complemento equi-
valente a la cuantía necesaria para que, sumado a la prestación que reciba con cargo a la mutua de
accidentes, alcance al total de la retribución ordinaria por salario base y antigüedad. El abono de este 289
complemento tendrá una duración máxima de doce meses y empezará a devengarse una vez transcurri-
do un mes de producirse el accidente.
Para el personal de campaña, eventual o interino, este derecho finalizará en el momento en que hubiera
terminado normalmente su contrato.
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD Se crea la Comisión Paritaria para la Igualdad, que estará compuesta por ocho miembros
VIOLENCIA DE GÉNERO NO
PARTES FIRMANTES ASOCIACIÓN MADRILEÑA de INDUSTRIALES del CAFÉ, UGT y CC.OO