Page 93 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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4.5.5 Protocolo de prevención y actuación contra el acoso sexual y/o por razón de
sexo
En cuanto al acoso sexual y acoso por razón de género, se analiza en primer lugar
si este tipo de acoso se incluye en el régimen disciplinario del convenio. En este
sentido, todos los convenios, salvo el convenio de la Industria Cárnica, incluyen al
menos el acoso sexual como falta muy grave. El acoso por razón de sexo como falta
muy grave solo aparece recogido en tres convenios: Industrias de Alimentos para
Animales (Artículo 36. Incumplimientos, faltas y sanciones de los trabajadores),
Harinas (Artículo 58. Faltas muy graves) y en el convenio de Industrias Lácteas y
sus derivados (Artículo 68. Clasificación de las faltas).
ACOSO FALTA MUY GRAVE
No lo
recoge
como falta
20%
Falta muy
grave
80%
En este grupo de convenios, el 43% incluye además la definición de este tipo de
acoso, así lo encontramos en los convenios de: Acuicultura (Artículo 45. Faltas y
sanciones), Conservas Vegetales (Artículo 52. Clasificación de las faltas muy
graves), Granjas avícolas (Anexo III. Incumplimiento, faltas y sanciones de los
trabajadores), Alimentos para Animales (Artículo 36. Incumplimiento, faltas y
sanciones de los trabajadores), Pastas Alimenticias (Artículo 51. Faltas) y
Turrones y Mazapanes (Artículo 34. Clasificación de faltas muy graves).