Page 88 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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Otros convenios incluyen la igualdad salarial como una de las funciones de la
Comisión sectorial de igualdad, tal es el caso del convenio de Harinas
Panificables (Anexo II. Comisión para la igualdad de oportunidades y la no
discriminación) o el convenio de Industrias Lácteas y sus derivados (Disposición
adicional cuarta).
El convenio de Industrias de Alimentos Compuestos para animales, en su
Disposición adicional tercera desarrolla la parte retributiva de los planes de
igualdad: “Retribuciones (salario base + complementos salariales + complementos extra
salariales: tanto los inherentes al desempeño del cargo o a la categoría laboral como los
voluntarios (disponibilidad, puntualidad, asistencia, etc.) por sexo y por categoría laboral).
Hay que establecer el nuevo decreto ley de igualdad retributiva.”
Mientras que en el grupo de convenios que ya incluyen e incluso desarrollan en gran
medida el RD902/2020 destaca el convenio de Acuicultura Marina (Artículo 53.
Valoración de puestos de trabajo y registros retributivos):”(…) Por ello, todas las
empresas afectadas por el presente Convenio Colectivo que vengan efectivamente
aplicando la clasificación profesional regulada en el mismo, con independencia de que
vengan o no legalmente obligadas a contar con una auditoría retributiva, elaborarán su
registro retributivo agrupando la información en atención a la citada clasificación
profesional.” El convenio de Conservas y semiconservas y salazones de marisco,
(Artículo 19 a la Igualdad retributiva) y el convenio de Industrias Cárnicas
(Disposición Complementaria Cuarta), menciona el RD902 y la igualdad retributiva.