Page 86 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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Dentro  del  grupo  de  convenios  que  incluyen  el  mayor  contenido  de  legislación

                  vigente, es decir, no solo la LO3/2007, sino incluyen también el real decreto 6/2019
                  y  los  últimos  reales  decretos  de  2020  destacan  los  convenios  de  Conservas,

                  semiconservas y salazones de marisco (Disposición adicional cuarta. Igualdad e

                  oportunidades  y  no  discriminación)  y  Alimentos  compuestos  para  animales

                  (Disposición adicional tercera. Contenidos mínimos Planes Igualdad).
                  Hay otro grupo de convenios que, aunque no menciona directamente los últimos

                  decretos publicados sobre planes de igualdad, ya tiene actualizado las empresas

                  obligadas a negociar planes de igualdad a más de 50 personas trabajadoras. Así

                  aparece en el convenio de Harinas panificables y sémolas (Anexo II. Comisión
                  para la igualdad de oportunidades y la no discriminación).

                  Por último, en el grupo de convenios colectivos sectoriales de ámbito estatal que

                  incluyen legislación sobre negociación de planes de igualdad y además desarrolla

                  el concepto y contenido de estos planes destacan, los convenios de Conservas
                  vegetales (Capítulo  XI. Igualdad de oportunidades y prevención del  acoso) que

                  cuenta  con  varios  artículos  dedicados  a  la  negociación  de  planes  de  igualdad:

                  “Artículo 79. Principio de igualdad de trato y de oportunidades Artículo 81. Los planes de
                  igualdad y otras medidas de promoción de la igualdad Artículo 82. Objetivos de los planes

                  de  igualdad  Artículo  83.  Elaboración  y  seguimiento  de  los  planes  de  igualdad”  y  el

                  convenio colectivo de Acuicultura Marina que dedica su CAPÍTULO IX a la Igualdad
                  de trato y oportunidades con los siguientes artículos que recogen la obligatoriedad

                  de negociar un plan de igualdad, el concepto de plan, diagnóstico de situación,

                  objetivos de los planes de igualad, etc… con la siguiente estructura:

                  “Artículo  48.  Planes  de  Igualdad:  De  conformidad  con  lo dispuesto  en  la  Ley  Orgánica
                  3/2007, el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre por el que se regulan los planes de

                  igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro
                  y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y el Real Decreto 902/2020, de 13

                  de octubre
                  Artículo 49. Concepto de los planes de igualdad.

                  Artículo 50. Diagnóstico de situación.
                  Artículo 51. Objetivo de los planes de igualdad.

                  Artículo  52.  Competencias  de  las  empresas  y  la  representación  de  las  personas
                  trabajadoras en la elaboración de los planes de igualdad y régimen transitorio.
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