Page 87 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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4.5.2 Igualdad Salarial
El 47% de los convenios colectivos de ámbito estatal incluye en su articulado el
principio de igualdad salarial, el 20% de estos convenios ya introduce el
RD902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres y
el 33% de los convenios no menciona nada sobre igualdad salarial.
IGUALDAD SALARIAL
RD902/2020
20%
Nada
33%
Principio de
Igualdad Salarial
47%
Los convenios sectoriales que recogen el principio de igualdad lo hace de forma
muy genérica mencionando el principio de igual trabajo, igual salario, así lo
encontramos en el convenio de Conservas Vegetales (Artículo 80. No
discriminación en las relaciones laborales): “Para un mismo trabajo o para un trabajo
al que se atribuye un mismo valor se eliminará la discriminación, directa o indirecta, por
razón de sexo, en el conjunto de los elementos y condiciones de la retribución.”; en el
convenio de Elaboración de productos del mar (Artículo 28. Cláusula de no
discriminación): “(…) de modo que a igual trabajo, hombres y mujeres perciban igual
retribución”; en el convenio de Industrias del Arroz (Artículo 12. Principio de no
discriminación y conciliación de la vida familiar y laboral): “(…) de manera que a igual
trabajo o trabajos de igual valor, las mujeres siempre tengan igual retribución” y en el
Convenio de Pastas Alimenticias (Artículo 43. Derechos fundamentales. Principio
de igualdad): “Ambas partes se comprometen a velar por la igualdad de retribuciones para
trabajos de igual valor.”