Page 499 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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ESTATAL



          INDUSTRIAS CÁRNICAS|

          CÓDIGO DE CONVENIO | 99000875011981
                                                   JORNADA







                                            REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:

                                            Con el objetivo de garantizar el derecho a la desconexión digital, la
                                            empresa podrá elaborar, previa audiencia a los representantes de las
                                            personas trabajadoras, una política interna dirigida a la totalidad de
                                            sus  plantillas  que  deberá  atender  a  las  siguientes  cuestiones:  –
                                            Definir las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión
                                            digital.  Definir  las  acciones  de  información,  formación  y
                                            sensibilización de las personas trabajadoras sobre un uso razonable
                                            del uso de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga
                                            informática.  –  Contemplar  las  especificidades,  en  su  caso,  del
                                            derecho a la desconexión digital respecto a los mandos, así como
                                            respecto ala las personas trabajadoras que prestan sus servicios a
                                            distancia  u  otros  colectivos  que  así  lo  requieran.  –  Respetar  los
                                            sistemas  de  flexibilidad  en  materia  de  jornada  y  disponibilidad
                                            existentes en la empresa, y las necesidades de comunicación que de
                                            los mismos se deriven. –  Garantizar el respeto al cumplimiento de
                                            la normativa en materia de jornada laboral y descansos. –  Garantizar
                                            la  realización  de  aquellas  comunicaciones,  de  imposible  dilación,
                                            entre empresa y persona trabajadora. En todo caso, en la elaboración
                                            de  la  política  de  desconexión  digital  se  atenderá  al  tamaño  y
                                            circunstancias  empresariales,  al  objeto  de  que  la  misma  resulte
                                            razonable  y  adecuada.  Las  empresas  no  podrán  tomar  medidas
                                            contra  las  personas  trabajadoras  que  hagan  uso  efectivo  de  su
                                            derecho a la desconexión digital implantado en el seno de la empresa.

                                                                                             22 días laborables
                                            VACACIONES:
                                            CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:

                                            Anexo II.
                                            Jornada ordinaria. 2. Las empresas acogidas al ámbito de aplicación
                                            de  este  Convenio  Colectivo  podrán  implantar  la  distribución
                                            irregular de la jornada, en atención a sus diferentes necesidades y sin
                                            que ello altere el número de horas pactado anualmente.

                                            Los  requisitos  para  establecer  la  jornada  irregular,  que  a  estos
                                            efectos no se considerará modificación sustancial de las condiciones
                                            de trabajo, serán los siguientes:
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