Page 481 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
P. 481
ESTATAL
HARINAS PANIFICABLES Y SÉMOLAS (Industria harinera y
semolera)|
Código de Convenio | 99002455011981
JORNADA
PROVINCIA: JORNADA ANUAL: 1.770 horas
ESTATAL anuales
VIGENCIA: REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:
01-01-2023 No
31-12-2025 REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
ESTADO: Artículo 33 Trabajo a distancia.
NUEVO De mutuo acuerdo entre empresa y trabajador cabrá la posibilidad
de desarrollar el trabajo a distancia o, incluso, desde el propio
Nº TOTAL domicilio del trabajador ya sea en todo o, en parte, de la jornada
TRABAJADORES: prevista. A tal efecto las partes suscribirán cuantos documentos y
formalidades se requieran. En su caso se pactarán las
2.700 compensaciones que correspondan tales como conexión a internet
o teléfono.
Nº MUJERES:
600 REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
ANEXO NÚMERO 7.- Desconexión Digital
Nº HOMBRES: Las personas trabajadoras tendrán derecho a la desconexión digital.
2.100 El derecho a la desconexión digital se garantiza independientemente
de la modalidad de jornada laboral. Prestando especial atención, en
virtud del artículo 88.3 de la Ley Orgánica 3/2018, a "los supuestos
de realización total o parcial del trabajo a distancia, así como en el
domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de
herramientas tecnológicas".
La empresa debe garantizar a las personas trabajadoras el derecho a
la desconexión digital una vez finalizada la jornada laboral,
independientemente de su modalidad de trabajo (presencial o
trabajo a distancia), modalidad contractual o cualquier condición
laboral concreta. A estos efectos, se tendrán en cuenta todos los
dispositivos y herramientas susceptibles de mantener la jornada
laboral más allá de los límites legales, en particular: ordenadores
portátiles, aplicaciones móviles propias de la empresa, correos
electrónicos, chat de empresa o cualquier otro que pueda utilizarse.
Se reconoce el derecho de las personas trabajadoras a no atender
los dispositivos digitales fuera de su jornada de trabajo, ni durante
los tiempos de descanso, permisos, licencias y/o vacaciones, y a no
leer, ni responder a ninguna comunicación, independientemente del
medio utilizado, salvo que concurran las causas de urgencia
justificadas.