Page 417 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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INDUSTRIAS VINÍCOLAS



          CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIA Y

          COMERCIO DEL VINO DE ÁLAVA|

          Código de Convenio | 01000875011981
                                                  SALARIOS






                                            PAGAS EXTRAORDINARIAS:

                                            Artículo 20º. Gratificación de la Virgen de las Viñas. El importe de esta paga
                                            para  cada  categoría  profesional  será  equivalente  al  que  las  tablas  del
                                            presente convenio señalan para la gratificación extraordinaria de verano o
                                            Navidad, incrementado con el plus de antigüedad que conforme a las tablas
                                            salariales corresponda. El devengo de dicha paga se realizará en la primera
                                            quincena  del mes de  septiembre.  Al  personal  que  ingrese  o  cese  en  el
                                            transcurso  del  año,  se  le abonará  dicha  gratificación  prorrateándose  su
                                            importe  en  relación  con  el  tiempo  trabajado;  estando  prohibida  una
                                            prorrata  mensual  o  semanal.  En  ningún  caso  esta  gratificación
                                            extraordinaria podrá ser inferior a la suma de 30 días de salario base más
                                            plus  de  asistencia  mensual,  además  de  la  antigüedad  que  pudiera
                                            corresponder.

                                            OBSERVACIONES:
                                            Existe  un  plus  de  asistencia  por  día  efectivamente  trabajado  con
                                            valores cambiantes  en  función de  la    categoría profesional  (entre
                                            paréntesis junto al salario base diario), que se ha tenido en cuenta
                                            para el cálculo del salario anual.
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