Page 415 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN



          CONSERVAS Y SALAZONES DE PESCADO|

          Código de Convenio | 48000685011981
                                                  SALARIOS







          PROVINCIA:                        INCREMENTO SALARIAL 2023:                                  3,50 %
          VIZCAYA                           SALARIO ANUAL PEÓN:                                   15.725,94 €
                                            SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª:                             15.824,97 €
          VIGENCIA:                         SALARIO ANUAL

          2021-2024                         ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:                      16.250,39 €

          ESTADO:                           DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN:                                605,95 €
          REVISADO                          DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª                           704,97 €
                                            DIFERENCIA SMI 2023                                    1.130,40 €
          Nº TOTAL                          ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:
          TRABAJADORES:                     CLÁUSULA DE REVISIÓN:
          588                               Art. 35. Posible incremento salarial para 2025 en función de la evolución
                                            del IPC. La presente cláusula operará solo en el caso de que el sumatorio
          Nº MUJERES:                       de los IPC correspondientes a los años 2020, 2021, 2022 y 2023, una vez
           368                              conocidos los IPC de los dos últimos, resulte una cantidad superior a la
                                            diferencia porcentual existente entre el salario del Peón Especialista del
                                            ejercicio 2020 (14.860,82 euros anuales, sumando salario base y plus de
          Nº HOMBRES:                       asistencia)  y  el  acordado  para  el  año  2024  por  los  mismos  conceptos
          220                               (17.000 euros) y que asciende a un 14,39%. A este respecto se indica que
                                            el IPC del año 2020 y el del año 2021 han sido respectivamente -0,5% y
                                            6,5%  (el  sumatorio  de  los  dos  años  es  un  6%).  Si  la  suma  de  los  IPC
                                            correspondientes  a  los  cuatro  años  citados  (2020-2023)  excediera  de
                                            14,39%, dicho porcentaje superior se aplicará sobre las tablas del Peón
                                            Especialista del año 2020 de forma que a partir del 1 de enero de 2025 la
                                            suma  del  salario  base  y  del  plus  de  asistencia  de  esta  categoría  se
                                            incremente en la diferencia resultante, siempre con un tope máximo de
                                            incremento de 250 euros o, lo que es lo mismo, con un tope máximo
                                            salarial de 17.250 euros/anuales (sumando salario base y plus de asistencia).
                                            En caso de operar la presente cláusula en relación con el Peón Especialista,
                                            al resto de las categorías profesionales se le aplicaría de forma lineal el
                                            mismo  incremento  salarial  resultante.  Sin  perjuicio  de  lo  anterior  se
                                            exponen en el Anexo II dos ejemplos a título meramente ilustrativo de
                                            cómo se aplicaría en su caso lo dispuesto anteriormente. En su caso, las
                                            partes firmantes deberán firmar las nuevas tablas salariales conforme a lo
                                            dispuesto anteriormente.
                                            PAGAS EXTRAORDINARIAS:

                                            2 pagas extraordinarias.

                                            OBSERVACIONES:
                                            Incremento lineal de 550€ para todas las categorías.
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