Page 271 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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a  favor  de  la  víctima.  Excepcionalmente,  será  título  de  acreditación  de  esta

                  situación, el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de
                  que la demandante es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden

                  de protección.”


                        12.5.5.   Protocolo de prevención y actuación contra el acoso sexual y/o por razón de
                           sexo


                  En cuanto al acoso sexual y acoso por razón de género, se analiza en primer lugar

                  si  este  tipo  de  acoso  se  incluye  en  el  régimen  disciplinario  del  convenio  de
                  Industrias  de  la  Alimentación  de  Almería  (Artículo  59.  Graduación  de  faltas)

                  incluye el acoso sexual en su listado de faltas muy graves dejando fuera al acoso

                  por razón de sexo, mientras que el convenio de Productos dietéticos y preparados
                  alimenticios de Cataluña (Artículo 66. Principio de ordenación y faltas) Incluye el

                  acoso sexual como falta muy grave, olvidando el acoso por razón de sexo, pero

                  incluyendo la definición de acoso sexual.



                  En cuanto a los convenios que mandatan la elaboración de un Protocolo de acoso,
                  incluyen los principios por los que debe regirse dicho protocolo, incluyen medidas

                  preventivas contra el acoso o ya un procedimiento estructurado o más o menos

                  desarrollado  se  encuentran  el  convenio  de  Industrias  de  la  Alimentación  de
                  Almería (Artículo 63. La violencia de género. El acoso sexual en el ámbito laboral)

                  compromete a las empresas y la representación legal de las personas trabajadoras

                  a crear y mantener un entorno laboral que respete la dignidad y la libertad sexual.

                  Por su parte, el convenio de Productos dietéticos y preparados alimenticios de

                  Cataluña (Artículo 79. Acoso en el trabajo) compromete a las empresas a mantener
                  un entorno de trabajo  productivo, seguro y respetuoso con todas las personas,

                  empresas  y  personas  trabajadoras  deben  asumir  como  responsabilidades:  “a)

                  Evitando  aquellas  acciones,  comportamientos  o  actitudes  (…).  b)  Actuante  de
                  manera adecuada y solidaria (…). Las empresas se tienen que comprometer a: a)

                  Difundir su protocolo y facilitar oportunidades de información y formación a (…). b)

                  Apoyar y asistencia específica a la/las persona/s (…) c) Articular y dar a conocer las
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