Page 269 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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12.5.2. Igualdad Salarial
Solo el convenio de Productos dietéticos y preparados alimenticios de Cataluña
(Artículo 78. Igualdad retributiva) dedica un capítulo entero a la igualdad salarial y
recoge los establecido en el artículo 7.1. del Real Decreto 902/2020, de 13 de
octubre: “De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 del Real Decreto 902/2020,
de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, las empresas que
elaboren un plan de igualdad tendrán que incluir en el mismo una auditoría retributiva, de
conformidad con el artículo 46.2.e) de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, previa la negociación que requieren estos planes
de igualdad. La auditoría retributiva tiene por objeto obtener la información necesaria para
comprobar si el sistema retributivo de la empresa, de manera transversal y completa,
cumple con la aplicación efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres en
materia de retribución. Así mismo, tendrá que permitir definir las necesidades para evitar,
corregir y prevenir los obstáculos y dificultades existentes o que pudieran producirse en
nombre de garantizar la igualdad retributiva, y asegurar la transparencia y el seguimiento
de este sistema retributivo”
12.5.3. Valoración de puestos de trabajo
Solo el convenio de Conservas y salazones de pescado de Vizcaya (Artículo 47.
Comisión Mixta. Apartado 1. Clasificación Profesional y Grupos Profesionales)
incluye la perspectiva de género en la clasificación profesional del convenio de
cara a una futura valoración de puestos de trabajo.