Page 97 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
P. 97

4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola



        14.- CONVENIO COLECTIVO PARA EL MANIPULADO Y ENVASADO DE CÍTRICOS, FRUTAS Y HORTALIZAS PARA LA COMUNIAD
        VALENCIANA
         CÓDIGO CONVENIO        80000115011990
         PROVINCIA              PAÍS VALENCIANO
         VIGENCIA               2020-2024
         ESTADO                 Revisado

         NÚMERO DE TRABAJADORES  40.000
         HOMBRES                10.000
         MUJERES                30.000

         1.- POLÍTICA SALARIAL
         EJERCICIO ECONÓMICO    2021
         INCREMENTO SALARIAL    1,00%
         SALARIO ANUAL          Peón: 16.473,00 €  Oficial 1ª: 17.437,75 €
         DIFERENCIA CON SMI 2021  Peón: 3.173,00 €   Oficial 1ª: 4.137,75 €
         CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
         2.- IGUALDAD
         REGULA EL PRINCIPIO    Sí. El salario de los hombres y de las mujeres en cada categoría profesional y especialidad será el mismo.
         DE IGUALDAD SALARIAL
         MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN   Sí. La persona víctima de violencia de género tendrá derecho, para hacer efectiva su protección o su derecho a
         DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA   la asistencia social íntegra a la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a   97
         DE GÉNERO              la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible
                                o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.
         ACOSO SEXUAL Y         Tipificado como falta muy grave. El acoso sexual, especialmente cuando vaya acompañado de abuso de po-
         POR RAZÓN DE SEXO      sición prevalente por ser efectuado por un/una superior/a a persona subordinada laboralmente. Así como el
         (Sanciones / Medidas / Protocolo)  acoso por cualquier otro motivo discriminatorio.
         3.- JORNADA
         JORNADA LABORAL ANUAL  1.790
         REGULA EL REGISTRO DE JORNADA Sí. Artículo 42. Control de entrada y salida del trabajo. Las empresas podrán establecer medios que permitan
                                dejar constancia de las horas de entrada y salida al centro de trabajo de cada trabajador.
         4.- INDUSTRIA 4.0
         REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA  NO
         REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL  NO
   92   93   94   95   96   97   98   99   100   101   102