Page 89 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
P. 89
4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola
6.- CONVENIO COLECTIVO DE COSECHERAS Y PRODUCTORES DE FRUTA, UVA DE MESA Y OTROS PRODUCTOS AGRÍCOLAS
PARA LA REGION DE MURCIA
CÓDIGO CONVENIO 30001555011991
PROVINCIA MURCIA
VIGENCIA 2012-2022
ESTADO Revisado
NÚMERO DE TRABAJADORES 5.000
HOMBRES 3.000
MUJERES 2.000
1.- POLÍTICA SALARIAL
EJERCICIO ECONÓMICO 2021
INCREMENTO SALARIAL
SALARIO ANUAL Peón: 13.464,17 € Oficial 1ª: 15.644,42 €
DIFERENCIA CON SMI 2021 Peón: 164,17 € Oficial 1ª: 2.344,42 €
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
2.- IGUALDAD
REGULA EL PRINCIPIO Igualdad salarial en trabajos de igual valor. Que mujeres y hombres reciban igual retribución por trabajos
DE IGUALDAD SALARIAL de igual valor, así como que haya igualdad en cuanto a sus condiciones de empleo en cualesquiera otros
sentidos del mismo.
MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN 89
DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA
DE GÉNERO
ACOSO SEXUAL Y Ambiente laboral exento de acoso sexual. Dichos Planes de Igualdad contendrán unas etapas de desarrollo
POR RAZÓN DE SEXO con uNos
(Sanciones / Medidas / Protocolo) contenidos mínimos, que deben contemplar, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación pro-
fesional, formación y promoción, retribuciones salariales,
ordenación del tiempo de trabajo para favorecer la conciliación laboral, personal y familiar, y la prevención del
acoso sexual y del acoso por razón de sexo.
3.- JORNADA
JORNADA LABORAL ANUAL 40
REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
4.- INDUSTRIA 4.0
REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA NO
REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL NO