Page 84 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola



               1.- CONVENIO COLECTIVO DE MANIPULADO Y ENVASADO DE FRUTAS, HORTALIZAS Y FLORES DE ALMERÍA
                CÓDIGO CONVENIO        4000485011984
                PROVINCIA              ALMERÍA

                VIGENCIA               01/09/2018-31/12/2024
                ESTADO                 Revisado
                NÚMERO DE TRABAJADORES  19.000
                HOMBRES                17.100
                MUJERES                1.900

                1.- POLÍTICA SALARIAL
                EJERCICIO ECONÓMICO    2021
                INCREMENTO SALARIAL    2,60%
                SALARIO ANUAL          Peón: 12.966,06 €  Oficial 1ª: 13.398,98 €
                DIFERENCIA CON SMI 2021  Peón: - 333,94 €   Oficial 1ª: 98,98 €
                CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
                2.- IGUALDAD
                REGULA EL PRINCIPIO    El principio de igual retribución por trabajos de igual valor según el artículo 28.1 del Estatuto de los Tra-
                DE IGUALDAD SALARIAL   bajadores vincula a todas las empresas del sector.  Un trabajo tendrá igual valor que otro cuando la natu-
                                       raleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales
                                       o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y
                                       las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes.
       84                              Manipulado y Envasado de Frutas, Hortalizas y Flores de Almería, independientemente del número de
                                       personas trabajadoras.
                MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN   Las personas trabajadoras que tengan la consideración de víctimas de violencia de género o de víctimas
                DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA   del terrorismo tendrán derecho, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social inte-
                DE GÉNERO              gral, a la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la reordenación
                                       del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de
                                       otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.
                ACOSO SEXUAL Y         Estipulado como falta muy grave.
                POR RAZÓN DE SEXO
                (Sanciones / Medidas / Protocolo)
                3.- JORNADA
                JORNADA LABORAL ANUAL  1.826
                REGULA EL REGISTRO DE JORNADA Registro de la jornada de trabajo. La jornada de cada persona trabajadora se registrará día a día y se totalizará
                                       en el período fijado para el aboNo de las retribuciones. Las empresas se obligan a entregar a cada persona
                                       trabajadora un listado de las horas
                4.- INDUSTRIA 4.0
                REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA  NO
                REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL  NO
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