Page 223 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.8.- Sector de industrias vinícolas



        13.- CONVENIO COLECTIVO PARA LA INDUSTRIA ELABORADORA, ALMACENISTAS Y DISTRIBUIDORES DE VINOS, CERVEZAS,
        LICORES Y OTRAS BEBIDAS ESPIRITUOSAS DE LA PROVINCIA DE BURGOS

         CÓDIGO CONVENIO        9000395011981
         PROVINCIA              BURGOS
         VIGENCIA               2018-2021
         ESTADO                 REVISADO
         NÚMERO DE TRABAJADORES  1.853
         HOMBRES                1.204
         MUJERES                649

         1.- POLÍTICA SALARIAL
         EJERCICIO ECONÓMICO    2021
         INCREMENTO SALARIAL    2,00%
         SALARIO ANUAL          Peón: 17.348,80 €  Oficial 1ª: 17.952,45 €
         DIFERENCIA CON SMI 2021  Peón: 4.048,80 €   Oficial 1ª: 4.652,45 €

         CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL Para el año 2020, en el caso de que el Índice de Precios al Consumo (IPC), establecido por el INE, regis-
                                trara en el año natural de 2020 un incremento superior al 1,90 %, se efectuará una revisión de las tablas
                                salariales, tan pronto se constate oficialmente dicha circunstancia, en el exceso sobre la indicada cifra.
                                Tal incremento se abonará con efectos de 1º de enero de 2020, sirviendo como base de cálculo para el
                                incremento salarial del año 2021, y para llevarlo a cabo se tomarán como referencia los salarios o tablas
                                utilizados para realizar los aumentos pactados para el año 2020. La revisión salarial del año 2020, en el
                                caso de que la hubiera, se abonará durante el primer trimestre del año 2021.
         2.- IGUALDAD                                                                                          223
         REGULA EL PRINCIPIO    NO
         DE IGUALDAD SALARIAL
         MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN   NO
         DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA
         DE GÉNERO
         ACOSO SEXUAL Y         Sí. Protocolo para la prevención del acoso sexual y/o por razón de sexo. Regulado en artículo 28.
         POR RAZÓN DE SEXO
         (Sanciones / Medidas / Protocolo)
         3.- JORNADA
         JORNADA LABORAL ANUAL  1.794
         REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO

         4.- INDUSTRIA 4.0
         REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA  NO
         REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL  NO
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