Page 224 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.8.- Sector de industrias vinícolas
14.- CONVENIO COLECTIVO DE LAS INDUSTRIAS VINÍCOLAS, ALCOHOLERAS Y SUS DERIVADOS DE EXTREMADURA
CÓDIGO CONVENIO 81000145012004
PROVINCIA EXTREMADURA
VIGENCIA 2021-2022
ESTADO REVISADO
NÚMERO DE TRABAJADORES 2.800
HOMBRES 1.680
MUJERES 1.120
1.- POLÍTICA SALARIAL
EJERCICIO ECONÓMICO 2021
INCREMENTO SALARIAL 0,75%
SALARIO ANUAL Peón: 13.510,00 € Oficial 1ª: 13.510,00 €
DIFERENCIA CON SMI 2021 Peón: 210,00 € Oficial 1ª: 210,00 €
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL Se establece un incremento del 0,75% garantizado con cláusula de revisión salarial al IPC definitivo, con
el tope del 0,75%. Si en las posibles subidas del SMI alguna categoría profesional quedara por debajo
del mismo, las partes se comprometen a la actualización de las tablas salariales en aquellas categorías
que pudieran quedar por debajo.
2.- IGUALDAD
REGULA EL PRINCIPIO NO
DE IGUALDAD SALARIAL
224 MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN Se aplicará lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, sobre igualdad efectiva de mujeres y hom-
DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA bres, y la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección Integral contra la violencia de
DE GÉNERO género.
ACOSO SEXUAL Y Tipificado como falta muy grave el acoso sexual.
POR RAZÓN DE SEXO
(Sanciones / Medidas / Protocolo)
3.- JORNADA
JORNADA LABORAL ANUAL 1.796
REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
4.- INDUSTRIA 4.0
REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA NO
REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL NO