Page 143 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.3.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones
6.- PASTELERIA,CONFITERIA, BOLLERIA Y REPOSTERIA DE CIUDAD REAL
CÓDIGO CONVENIO 13000605011993
PROVINCIA CIUDAD REAL
VIGENCIA 2021-2023
ESTADO NUEVO
NÚMERO DE TRABAJADORES 300
HOMBRES 200
MUJERES 100
1.- POLÍTICA SALARIAL
EJERCICIO ECONÓMICO 2021
INCREMENTO SALARIAL 1,00%
SALARIO ANUAL Peón: 14.508,30 € Oficial 1ª: 15.769,65 €
DIFERENCIA CON SMI 2021 Peón: 1.208,30 € Oficial 1ª: 2.469,65 €
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL Si a 31 de diciembre del año 2023 el IPC supera el 1,75%, como tope máximo, se revisarán las tablas el
0,50% respecto del incremento salarial pactado para el año 2023.
2.- IGUALDAD
REGULA EL PRINCIPIO NO
DE IGUALDAD SALARIAL
MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN Los trabajadores que tengan la consideración de víctimas de violencia de género o de víctimas del terro-
DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA rismo tendrán derecho, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la 143
DE GÉNERO reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la reordenación del tiempo
de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de
ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.
ACOSO SEXUAL Y Artículo 55. Acoso sexual, acoso por razón de sexo.
POR RAZÓN DE SEXO
(Sanciones / Medidas / Protocolo) Las empresas deberán de promover condiciones de trabajo tendentes a evitar el acoso sexual y el acoso por
razón de sexo, y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o
reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.
Con esta finalidad se podrán establecer medidas que deberán negociarse con los representantes de los tra-
bajadores, tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas o
acciones de formación.
Los representantes de las personas trabajadoras deberán de contribuir a prevenir el acoso sexual y el acoso
por razón de sexo en el trabajo mediante la sensibilización de los trabajadores frente al mismo y la informa-
ción a la dirección de la empresa de las conductas o comportamientos de que tuvieran conocimiento y que
pudieran propiciarlo.
3.- JORNADA
JORNADA LABORAL ANUAL 1.784
REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
4.- INDUSTRIA 4.0
REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA NO
REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL NO