Page 342 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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DERECHOS SINDICALES
Art. 31.
Los miembros del comité de empresa o delegados de personal de una
misma candidatura podrán ceder todas o parte de las citadas horas para
ser acumuladas a favor de uno de sus compañeros de su central sindical.
Acumulación de horas No se computarán dentro del máximo de horas establecidas por este
Convenio, las horas utilizadas por los delegados de personal o miembros
del comité de empresa en la negociación de los convenios colectivos.
No se computarán a efectos del máximo de horas anunciadas las horas
empleadas en organismos públicos
Artículo 31.
Las centrales sindicales que hayan obtenido un 10% de votos en las
elecciones a comités de empresa o delegados de personal y en las
empresas con más de 25 trabajadores/as, la representación del sindicato
Delegado sindical
la tendrá un delegado sindical. El sindicato que elija el derecho a tener
representación, le acreditará de forma fehaciente; seguidamente el
anunciado delegado sindical reconocerá su condición de representante
del sindicato a todos los efectos.
Artículo 41. Canon sindical.
La empresa descontará en concepto de canon de negociación
cantidad de 24 euros; en todo caso se respetará la voluntad individual
Otros derechos sindicales
de los trabajadores/as Las cantidades recaudadas se repartirán
proporcionalmente entre las centrales sindicales firmantes de este
Convenio
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