Page 338 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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5. IGUALDAD SALARIAL
Disposición final 3.ª Fomento de la igualdad y contra la discriminación
(…) — Velar para que las mujeres trabajadoras se equiparen a los hombres en todos
Menciona el principio los aspectos salariales, de modo que a igual trabajo las mujeres siempre tengan
de igualdad salarial
igual retribución.
Desarrolla la Igualdad
Salarial
6. ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO
Artículo 41.º— Faltas y sanciones
Incluido como falta 3. Se considera faltas muy graves
muy grave
l) El acoso sexual.
Disposición final 3.ª Fomento de la igualdad y contra la discriminación
Las partes firmantes del presente convenio se comprometen a impulsar un entorno
laboral donde se respete la dignidad de la persona, así como perseguir, prevenir y
erradicar las situaciones constitutivas de acoso, en todas sus modalidades: acoso
sexual, acoso por razón de sexo y acoso moral o mobbing asumiendo la Empresa
su responsabilidad en orden a erradicar un entorno de conductas contrarias a la
Medidas preventivas
dignidad y valores de la persona y que pueden afectar a la salud física o psíquica de
la persona
Igualmente, la representación legal de los trabajadores y las trabajadoras contribuirá
a ello sensibilizando a las plantillas e informando a la dirección de la empresa de
cualquier problema que pudiera tener conocimiento y vigilará el cumplimiento de
las obligaciones de la empresa en materia de prevención
Protocolo contra el
acoso
7. MEDIDAS DE PROTECCIÓN TRABAJADORAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Artículo 25.º— Permisos.
5. Los trabajadores que tengan la consideración de víctimas de violencia de género
o de víctimas del terrorismo tendrán derecho, para hacer efectiva su protección o
Menciona los derechos su derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con
LO4/2001
disminución proporcional del salario o a la reordenación del tiempo de trabajo, a
través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras
formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.
Recoge mejoras de los
derechos LO4/2001
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