Page 277 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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ANÁLISIS DE EMPRESAS Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA





                                    FICHAS NEGOCIACIÓN COLECTIVA | Aceites


                                                   DATOS GENERALES
                Nº Orden Ranking              1          Nº Orden centro de trabajo  2

                Nombre empresa                D COOP, S.C.A.
                Ventas 2020 (mill. €). Variación   907,70 Mill €
                s/ año anterior               (+10,05%)
                Plantilla 2020 (mill. €). Variación   716
                s/ año anterior               (+15,30%)
                Fábrica MDD                   NO
                Centro de trabajo. Provincia.
                Localidad                     Granada - Santa Fé
                                              CONVENIO COLECTIVO DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN DE
                Nombre del convenio
                                              GRANADA
                Código del convenio           1.8000105011981

                Vigencia                      2019-2021


                                                JORNADA Y VACACIONES
                Jornada laboral               Anual      1.800            Semanal      40
                Vacaciones                    31 dias naturales (Art. 10)
                                              Art. 6. Jornada Laboral. Previa negociación con los representantes de los
                                              trabajadores o en caso de no existir éstos con los propios interesados, y a
                Regulación de Flexibilidad de   falta de acuerdo y según criterio de la empresa, se establecerán periodos
                jornada                       de tiempo durante los cuales la jornada normal de trabajo alcanzará un
                                              máximo de nueve horas diarias de trabajo efectivo a compensar en otros
                                              periodos del año
                Regulación régimen de trabajo
                a Turnos


                                                        SALARIOS
                Salario mínimo   Peón        17.780,15 €                 Oficial 1ª  19.449,32 €
                anual (€/año)
                Nº pagas                     Importe pagas       Art. 21. SB+ Antigüedad. 1 paga 10 dias
                extraordinarias  3+1         extraordinarias     SB+Antigüedad
                Incremento      0%
                Salarial
                                ANEXO III. INCREMENTO SALARIAL PACTADO. Si el I.P.C. conjunto de los años 2020 y
                Cláusula        2021 fuera positivo, la subida salarial para dicho período, será la del I.P.C. positivo sobre las
                revisión salarial
                                tablas salariales de 2019, con devengo desde el mes de enero de 2021.
                Salario variable

                                ART. 21. COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD. Las personas trabajadoras que formen parte
                                de la plantilla de las empresas antes del día uno de enero de 1995, percibirán en concepto
                Antigüedad
                                de antigüedad por el tiempo de servicio en la empresa, trienios del 6%del SB convenio
                                cada uno de ellos, con un límite máximo del 45% de dicho SB convenio.










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