Page 200 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
P. 200

EMPLEO Y CONTRATACIÓN
                                              Disposición Adicional Cuarta. Plan de Empleo estable.
                                              La empresa se compromete a la reducción al mínimo de la contratación
                Cláusula de Estabilidad en el   temporal a través de ETT y a su utilización de forma excepcional,. Durante
                empleo                        el primer año de contratación todo el personal puesto a disposición por
                                              ETT, tendrá derecho a percibir un Plus de Temporalidad de 2,10 € por día
                                              efectivamente trabajado.

                                              Art. 15.—Modalidades de Contratación
                                              Contrato por obra o servicio determinado. Trabajos y tareas con
                                              sustantividad propia dentro de la actividad normal de la Empresa, además
                Regulación de contratación    de las contempladas en la Ley, las actividades siguientes:
                temporal
                                              Programas  de  I+D,  Programas  de  lanzamiento  de  nuevos  productos,
                                              Proyectos pilotos ;Programas de aplicaciones de nuevas tecnología y
                                              experimentales


                                                 DERECHOS SINDICALES
                                              Art. 45.. El crédito horario se podrá acumular en uno mismo, en otro
                Acumulación de horas          compañero o en varios trabajadoras/es trimestralmente, previo aviso y
                                              negociación con la Empresa
                Delegado sindical
                                              Art. 47.Asambleas
                                              El personal, tendrá derecho a la celebración dentro de la jornada laboral
                Otros derechos sindicales
                                              de un máximo de 3 asambleas, no acumulables, con una duración no
                                              superior a 30 minutos cada una.

                                        PROTECCIÓN SOCIAL Y MEJORAS SOCIALES

                                              Disposición Adicional Segunda. Complemento IT
                                              1. Los/as trabajadores/as que a la entrada en vigor del presente convenio
                                              (9 .11.2015) se encontrasen en activo en Nueva Pescanova S.L. afectados
                                              por el presente Convenio Colectivo y que a dicha fecha tengan
                Complemento IT EC             reconocido el derecho a percibir el “Complemento por Incapacidad
                                              Temporal”,  conservarán como condición  más benefi ciosa  incorporada
                                              a su contrato de trabajo el derecho a percibir de la empresa el citado
                                              complemento hasta el 100% del salario real cuando esté en situación de
                                              I.T., cualquiera que fuese su causa,

                                              Art. 26. b) A los demás trabajadores/as que se hayan incorporado a la
                                              plantilla  del  Centro Industrial  Porriño  a  partir del  08/07/2.005, se  les
                                              complementará hasta alcanzar el 100% de sus salarios cuando éstos
                                              se encuentren en situación de I.T. derivada de accidente de trabajo o
                Complemento IT AT EP          enfermedad profesional. Se abonará el mismo complemento a los
                Hospitalización               trabajadores/as en situación de I.T. siempre que necesiten hospitalización
                                              por causa de enfermedad común o accidente no laboral, pero tan solo
                                              mientras dure la hospitalización. En las demás contingencias percibirá
                                              la compensación que corresponda con cargo al sistema de Seguridad
                                              Social.
                                              Art. 25. —Seguro. 1.1. Por accidente no laboral. O no laboral:
                                              Muerte del trabajador/a.  60.000€. ;
                Seguro Colectivo
                                               Invalidez permanente total  60.000€ o invalidez absoluta del trabajador/a
                                              120.000€   y gran invalidez 239.000€
                Prestaciones y Ayudas familiares
                Préstamos y ayudas vivienda













     200
   195   196   197   198   199   200   201   202   203   204   205