Page 202 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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FICHA RESUMEN IGUALDAD
Empresa NUEVA PESCANOVA
Convenio Colectivo Convenio Colectivo da empresa Pescanova España, S.L. centro industrial Porriño
1. PRINCIPIO DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES
De forma genérica
CAPITULO 8: PLAN DE IGUALDAD
Se refiere a la
LO3/2007 ART. 34.—PRINCIPIO GENERAL DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007
2. COMISIÓN DE IGUALDAD
ART. 34.- (…) una Comisión Negociadora destinada a negociar e implementar un
Menciona la Comisión Plan de Igualdad, destinado a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el
de Igualdad ámbito laboral, y a adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación
laboral entre mujeres y hombres.
Regula la Comisión de
Igualdad
3. PLANES DE IGUALDAD
Menciona la
obligatoriedad ART. 34.—PRINCIPIO GENERAL DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES
Desarrolla Planes de
Igualdad
4. MEDIDAS DIRIGIDAS A PROMOVER LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES
Contratación
Formación
Promoción
5. IGUALDAD SALARIAL
Menciona el principio
de igualdad salarial
Desarrolla la Igualdad
Salarial
6. ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO
ART. 35.- Se consideran faltas muy graves el acoso por razón de sexo, el acoso
Incluido como falta sexual y el acoso laboral o mobbing.
muy grave
Medidas preventivas
ART. 35.—ACOSO SEXUAL, ACOSO POR RAZÓN DE SEXO Y ACOSO LABORAL O
MOBBING
1. El procedimiento se desarrollará bajo los principios de rapidez y confidencialidad,
garantizando y protegiendo la intimidad y la dignidad de las personas objeto de
Protocolo contra el acoso.
acoso 2. Asimismo, se garantizarán y respetarán los derechos de las personas implicadas en
el procedimiento. Se creará una comisión instructora de tratamiento de situaciones
de acoso, con esta u otra denominación, como órgano encargado de la tramitación
del proceso contemplado en el presente procedimiento.
7. MEDIDAS DE PROTECCIÓN TRABAJADORAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Menciona los
derechos LO4/2001
ART. 36.—PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
—— La reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario.
Recoge mejoras de los —— La reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario,
derechos LO4/2001
a la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de
trabajo que se utilicen en la empresa, a decisión del/la interesado/a.
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