Page 389 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación                                                                                                                                                                    Resultados de la investigación






                        Los  12  convenios  analizados  han  sido:  1  convenio  sectorial:  el  Convenio  Colectivo
                        de  Industrias  Lácteas  y  sus  derivados  y  11  convenios  de  empresa:  3  convenios  de  la
                        empresa Lactalis aplicables en los centros de trabajo de Granada, Guadalajara y Zamora;
                        el  convenio  de  Danone;  2  convenios  de  Corporación  Alimentaria  Peñasanta,  Lugo  y
                        Grandas;  Convenio  de  Lácteas  Castellano  Leonesas;  Schreiber  Foods,  Lactiber  León,
                        Iparlat (Esnelat) y Leche Celta.


                        Principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

                        En cuanto a los convenios que regulan de alguna manera los términos y condiciones
                        para garantizar el principio de igualdad entre mujeres y hombres, hay que señalar que
                        solo la mitad de los convenios analizados de este sector regula de forma más o menos
                        extensa la igualdad de oportunidades.

                        En  el  convenio  analizado  que  se  aplica  en  la  única  empresa  fabricante  de  MDF  se
                        encuentra  regulado  este  principio,  mientras  que  los  convenios  que  no  lo  regulan  se
                        aplican en empresas relacionadas con la fabricación de MDD.



                                                     Principio de igualdad M/H



                                    No se regula                                      Se regula
                                    50%                                               50%











                        En los convenios analizados del sector Lácteo encontramos tres fórmulas para regular el
                        principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

                        Una  primera  fórmula  y  utilizada  en  el  Convenio  Colectivo  de  Industrias  Lácteas  y
                        sus  derivados,  es  remitir  el  cumplimiento  a  la  Comisión  de  igualdad  (Disposición
                        adicional  quinta):  “9.  La  Comisión  velará  por  el  cumplimiento  de  la  Ley  de  Igualdad,
                        comprometiéndose a seguir trabajando en este camino conforme a la Ley. 10. La Comisión
                        también velará para que no se produzcan discriminaciones por razón de nacionalidad,
                        edad, religión o cultura”.

                        Otros convenios lo hacen de una forma muy genérica y se refieren a la igualdad de derechos
                        sin  discriminación,  sin  regular  el  principio  propiamente  dicho,  Convenio  Colectivo  de
                        Danone y Convenio Colectivo Corporación Alimentaria Peñasanta en Lugo.

                        Mientras  que  encontramos  un  desarrollo  mucho  más  detallado  e  interesante  en  el
                        Convenio Colectivo de Schreiber Foods (Art. 13): “Organización del trabajo. 3. Las partes
                        firmantes del presente Convenio reafirman su compromiso de velar por el cumplimiento
                        del principio de igualdad entre hombres y mujeres, así como por la no discriminación
                        por  cuestiones  de  origen  racial  o  étnico,  religión  o  convicciones,  ideas  políticas,
                        orientación sexual, afiliación sindical o cualquier otra condición o circunstancia personal
                        o social. Se prestará especial atención al cumplimiento de este principio de igualdad
                        y no discriminación en materia de acceso y estabilidad en el empleo, igualdad salarial
                        en  trabajos  de  igual  valor  y  formación  y  promoción  profesional,  evitando  cualquier



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