Page 385 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación Resultados de la investigación
Convenio colectivo. Por salario regulador se entiende el denominado salario tipo anual
según la categoría /nivel/grupo profesional del participe. El salario tipo es el establecido
como tal en las tablas salariales (anexo II) Las aportaciones se realizarán con carácter
mensual (total anual dividido por 12).
Para el año 2018 y siguientes, el salario regulador lo constituye el 110 % del salario tipo.
Régimen de prestaciones. El plan de pensiones de Danone, S.A., es un sistema mixto
que contempla unas prestaciones consistentes en el reconocimiento de un derecho
económico a favor de los beneficiarios del plan una vez acaecida la contingencia cubierta
por el mismo. Son las siguientes: jubilación, fallecimiento e incapacidad permanente en
sus grados de total, absoluta o gran invalidez. Las condiciones, requisitos y cuantías de las
prestaciones están recogidas en el reglamento del plan de pensiones de empleo.
CONVENIO COLECTIVO LNPRL GUADALAJARA, S.L.. Centro de Marchamalo (Guadalajara)
DEL GRUPO LACTALIS Fabrica MDD
ART. 34 PREMIO DE JUBILACIÓN (G.A.S)
Aquellos trabajadores/as que vean extinguido su contrato de trabajo con la Empresa (i)
por declaración de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez o (ii) en el
mes en el que alcancen la edad ordinaria de jubilación estipulada en el artículo 205.a) y
la Disposición Transitoria Séptima de la Ley General de la Seguridad Social, percibirán la
cantidad de 180,23 euros brutos (valor de 2017 incrementado IPC) por año de servicio, con
un mínimo de 2.674,2 euros brutos (valor de 2017 incrementado IPC). Dicho importe se
verá incrementado conforme en el Art 14 del presente Convenio
Esta gratificación se abonará exclusivamente al colectivo proveniente de Nestlé que vea
extinguido su contrato de trabajo con la Empresa por (i) acceder a la jubilación anticipada
en virtud de lo previsto en el artículo 208 de la Ley General de la Seguridad Social o (iii)
por fallecimiento (en cuyo caso serán el cónyuge o, en su defecto, los hijos del trabajador
quienes recibirán la gratificación). En estos casos, los años de servicio se computaran
como si el trabajador hubiera permanecido en activo hasta cumplir los sesenta y cinco
años de edad.
CORP. ALIM. PEÑASANTA, S.A. CAPSA FOOD. Centro de Otero de Rei (Lugo). Fabrica
MDD
Artículo 21º: Premio de constancia. -
Cuando una persona al jubilarse tenga una antigüedad en la empresa mínima a los diez
años, percibirá un premio llamado de constancia, de acuerdo con la tabla Anexa IV.
Este premio se incrementará excepcionalmente con los porcentajes que se especifican
seguidamente, si la jubilación es solicitada por la persona al cumplir respectivamente 60,
61, 62 e 63 años y dentro de los tres meses siguientes a la fecha en la que se cumplan
dichas edades.
–Al cumplir 60 años: 45%.
–Al cumplir 61 años: 40%.
–Al cumplir 62 años: 35%.
–Al cumplir 63 años: 30%.
En caso de fallecimiento anterior a la jubilación, la viuda o si es el caso, los hijos menores
o mayores con discapacidad, percibirán las cantidades anteriores correspondientes.
Otras mejoras sociales
Aquí igualmente nos encontramos con una variedad muy grande de mejoras, como son
las siguientes;
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