Page 382 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación Resultados de la investigación
2. Trabajadores.
La Compañía abonará para todos los trabajadores el pago de tasas para exámenes
oficiales realizados por los trabajadores. El trabajador tendrá que acreditar la justificación
Correspondiente a la presentación del examen.
Artículo 33. Ayuda por disminuido físico, psíquico o sensorial a cargo.
Con el fin de colaborar con aquellos trabajadores que cuenten a su cargo con algún
hijo y/o cónyuge o pareja que presente una disminución física, psíquica o sensorial, se
establece una Ayuda en los términos aquí recogidos.
A estos efectos, se entenderá que está a cargo del trabajador, el hijo, cónyuge o pareja
que, teniendo un nivel de ingresos inferior al SMI, se encuentre al cuidado del trabajador ya
sea conviviendo en el mismo domicilio o en un lugar distinto cuando el trabajador acredite
que ostenta la responsabilidad de sufragar sus gastos de alojamiento y manutención.
Se abonará esta Ayuda por descendiente disminuido físico, psíquico o sensorial de forma
mensual.
Esta Ayuda será de 92 Euros brutos mensuales por cada hijo y/o cónyuge o pareja, de
modo que si los dos progenitores trabajan en la Compañía la percibirá solo uno de ellos.
Para percibir esta Ayuda los trabajadores deberán acreditar esa disminución de al menos
el 33% a través del oportuno certificado emitido por organismo oficial.
Préstamos y ayudas
Tan solo 8 centros de trabajo de los 37 de la muestra (22% del total) tienen recogidos en
sus Convenios Mejoras sociales en forma de préstamos o ayudas.
Mejoras sociales II
Préstamos y ayudas vivienda
Se regula
22% No se regula
78%
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