Page 376 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación                                                    Resultados de la investigación





                        Como ejemplo:


                        DANONE S.A. Se aplica en los 4 centros de trabajo de la compañía en PARET DE VALLES,
                        TRES CANTOS, ALDAYA Y SALAS. (FABRICA MDF)

                        Artículo 43. Retribución en caso de accidente laboral.
                        En caso de incapacidad temporal (IT) derivada de accidente laboral, la empresa abonará
                        el complemento necesario para que, juntamente con las prestaciones económicas de la
                        entidad aseguradora, el accidentado perciba desde el primer día de la baja el 100 % de sus
                        percepciones salariales fijas correspondientes a esa fecha, más nocturnidad, en su caso,
                        calculados según el promedio de lo percibido por estos conceptos en los seis meses
                        efectivamente trabajados inmediatamente anteriores al mes en que se inicia el proceso de
                        incapacidad temporal

                        LACTALIS PEÑAFIEL. PACTO ARTICULADO CONVENIO DE INDUSTRIAS LÁCTEAS


                        Artículo 41.- MEJORAS DE LAS PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL
                        (…)
                        5) En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la Empresa abonará desde el
                        primer día el complemento necesario para que sumado a la prestación de Seguridad Social
                        o Mutua Aseguradora alcance la totalidad del salario neto, como si de día efectivamente
                        trabajado, se tratara. Mientras permanezca de alta en la Empresa y por un periodo máximo
                        de 18 meses.

                        6) Como complemento social la Empresa abonará la cantidad máxima de 10 € por cada
                        día y con la justificación correspondiente por desplazamiento de un familiar en primer
                        grado, a todos los trabajadores, que sufran de una hospitalización derivada de Accidente
                        de Trabajo.

                        Como conclusión del apartado de Complemento de IT, comentar que tanto la mejora de
                        cobertura de IT por Enfermedad Común como la de Accidente de Trabajo son generales
                        para todos los Centros de trabajo de la muestra objeto del estudio.


                        Dicho derecho a la mejora de la acción protectora de la Seguridad Social tanto en materia
                        de Enfermedad Común como de Accidente de Trabajo no constituyen, pues, un factor
                        diferenciador de las Condiciones de trabajo de las personas trabajadoras de los Centros
                        de trabajo que fabrican MDD y los que fabrican MDF.


                        DERECHOS SINDICALES:

                        La ampliación de los derechos en materia sindical están también ampliamente recogidos
                        en  los  Convenios  de  los  Centros  de  trabajo  de  empresas  de  la  muestra  del  Sector  de
                        Industria Láctea.


                        34 de los 37 Centros de Trabajo analizados (92%) recogen alguna regulación sobre Derechos
                        sindicales, más allá del estricto contenido de la Ley.

















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