Page 310 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
P. 310

Buenas prácticas en el sector Agroalimentario


                                                                     Igualdad de trato entre y
                                                                       oportunidades entre hombres y
                PERSPECTIVA DE                                       Principio de Igualdad Salarial
                                                                       mujeres
                       GÉNERO E                                      Protección de Violencia de Género
                                                                     Acoso Sexual y por razón de sexo
                      IGUALDAD                                         (Sanciones/medidas/protocolo)


                                                           Artículo 28 - Cláusulas generales para el fomento
                                                           de la igualdad y no discriminación: Se respetará el
                                                           principio de igualdad  en el  trabajo a todos los
                                                           efectos, no admitiéndose  discriminaciones  por
                                                           razón  de  sexo,  estado  civil,  edad  dentro  de  los
                                                           límites marcados por el ordenamiento jurídico,
                                                           raza, condición social, ideas religiosas o políticas,
                                                           afiliación o no a un sindicato, etc. Tampoco podrá
                                                           haber discriminación por razón de disminuciones
                                                           psíquicas, físicas o sensoriales. Las Organizaciones
                                                           firmantes del presente Convenio  Colectivo  y las
                                                           Empresas  afectadas  por  su  ámbito  funcional,
                                                           garantizarán la igualdad de oportunidades entre
                                                           hombres y mujeres, así como la no discriminación
                                                           por cuestiones de raza, religión o cualquier  otra
                                                           condición, de conformidad con la  legislación
                                                           vigente nacional, jurisprudencia y directivas
                                                           comunitarias. Se pondrá especial atención en
                                                           cuanto a los cumplimientos de estos preceptos en:
                  185.  IGUALDAD DE TRATO Y                • El acceso al empleo
                     OPORTUNIDADES ENTRE                   • Estabilidad en el empleo
                     HOMBRES Y MUJERES
                                                           • Igualdad salarial en trabajos de igual valor
                                                           • Formación y promoción profesional

                                                           • Ambiente laboral exento de acoso sexual Las
                                                           partes firmantes del presente Convenio Colectivo
                                                           entienden que  las  acciones emprendidas con
                                                           respecto a la igualdad de oportunidades en el
                                                           trabajo no darán origen por sí solas a una igualdad
                                                           de oportunidades en la sociedad, pero contribuirán
                                                           muy positivamente a conseguir cambios  en  este
                                                           sentido. En consecuencia, es importante que se
                                                           tomen las medidas oportunas para promover la
                                                           igualdad de oportunidades.

                                                           Las Organizaciones firmantes coinciden que son
                                                           objetivos importantes para el logro de una igualdad
                                                           de oportunidades sistemática y  planificada los
                                                           siguientes:
                                                           • Que tanto las mujeres como los hombres gocen
                                                           de igualdad de oportunidades en cuanto al empleo,


                                                          306
   305   306   307   308   309   310   311   312   313   314   315