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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario


                   184.  ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN            Artículo  49  -  Igualdad  de  oportunidades:  De
                       DE SEXO                               acuerdo    con    la   legislación   vigente,   se
                       (SANCIONES/MEDIDAS/PROTOCOLO)         pondráespecial atención en cuanto a  los
                                                             cumplimientos de dicha legislación en materia de:
                                                             - ambiente laboral exento de acoso sexual o moral.
                                                             Igualmente, queda desarrollado  un modelo de
                                                             protocolo  de  actuación  para  los  casos  de  acoso
                                                             sexual, acoso por razón de sexo  y acoso moral,
                                                             firmado  11  de  julio  de  2014  y  registrado  en
                                                             Delegaciónde Trabajo con fecha 3 de octubre de
                                                             2014 como trabajo conjunto de esta comisión y la
                                                             de Seguridad y Salud Laboral, que está a disposición
                                                             de las empresas del sector para que, con absoluta
                                                             libertad de criterio y  previa negociación con la
                                                             respectiva representación legal de los trabajadores,
                                                             puedan acogerse a él como  mecanismo de
                                                             prevención y de actuación en supuestos de acoso
                                                             laboral. Las horas sindicales que se utilicen serán a
                                                             cargo del
                                                             crédito  horario  de  cada  representante  sindical.
                                                             Artículo 67  -  Graduación de las  faltas:  3. Se
                                                             considerarán como faltas muy graves. l) El acoso
                                                             sexual, el acoso por razón de sexo y el acoso moral.


                SALUD LABORAL Y                                      Cláusulas reseñables sobre salud y
                                                                       seguridad laboral
                                                                       (comités y delegados)
                MEDIO AMBIENTE                                       Cláusulas de Medio Ambiente




                   91. CLÁUSULAS RESEÑABLES SOBRE            Artículo 57 - Seguridad y salud:
                       SALUD LABORAL                         La protección de la salud del personal constituye un
                       (COMITÉS Y DELEGADOS)                 objetivo básico y prioritario de las partes firmantes y
                                                             consideran que para alcanzarlo se requiere el
                                                             establecimiento y planificación  de una  acción
                                                             preventiva en los centros de trabajo y en las
                                                             empresas que tengan  por fin la  eliminación o
                                                             reducción de los riesgos en su origen, a partir de su
                                                             evaluación,  adoptando  las  medidas  necesarias,
                                                             tanto  en la corrección de la situación existente
                                                             como en la evolución técnica y organizativa de la
                                                             empresa, para adaptar el trabajo a la persona y
                                                             proteger su salud.

                                                             En cuantas materias afecten a la protección de la
                                                             salud y la seguridad de las personas trabajadoras,
                                                             serán de aplicación las disposiciones contenidas en
                                                             la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención
                                                             de riesgos laborales  y  normativa concordante. A


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