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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario


                                                                     Igualdad de trato entre y
                                                                       oportunidades entre hombres y
                PERSPECTIVA DE                                       Principio de Igualdad Salarial
                                                                       mujeres
                       GÉNERO E                                      Protección de Violencia de Género
                                                                     Acoso Sexual y por razón de sexo
                      IGUALDAD                                         (Sanciones/medidas/protocolo)


                                                           Artículo. 49  -  Igualdad de oportunidades:  Las
                                                           organizaciones firmantes del presente convenio y
                                                           las empresas afectadas por su ámbito funcional,
                                                           garantizarán la igualdad de oportunidades entre
                                                           hombre y mujeres, así como la no discriminación
                                                           por cuestiones de raza, religión o cualquier  otra
                                                           condición establecida en la ley. De acuerdo con la
                                                           legislación vigente, se pondrá especial atención en
                                                           cuanto a los cumplimientos de dicha legislación en
                                                           materia de: - acceso y estabilidad en el empleo. -
                                                           igualdad  salarial  en  trabajo  de  igual  valor.  -
                                                           formación y promoción profesional.  -  ambiente
                                                           laboral exento de acoso sexual o moral. Fedejerez
                                                           y los sindicatos firmantes  del convenio tienen
                                                           constituida, una comisión de igualdad, con el
                                                           correspondiente reglamento de funcionamiento
                                                           aprobado     y  registrado,   que   contiene    las
                  181.  IGUALDAD DE TRATO Y                competencias a llevar a cabo a nivel de sector, que
                     OPORTUNIDADES ENTRE                   definirá los términos y condiciones que habrán de
                     HOMBRES Y MUJERES                     cumplimentarse en las empresas sobre los planes
                                                           de igualdad. Igualmente, queda desarrollado  un
                                                           modelo de protocolo de actuación para los casos
                                                           de acoso sexual, acoso por razón de sexo y acoso
                                                           moral, firmado 11 de julio de 2014 y registrado en
                                                           Delegación de Trabajo con fecha 3 de octubre de
                                                           2014 como trabajo conjunto de esta comisión y la
                                                           de Seguridad y Salud Laboral, que está a disposición
                                                           de las empresas del sector para que, con absoluta
                                                           libertad de criterio y  previa negociación con la
                                                           respectiva representación legal de los trabajadores,
                                                           puedan acogerse a él como  mecanismo de
                                                           prevención y de actuación en supuestos de acoso
                                                           laboral. Las horas sindicales que se utilicen serán a
                                                           cargo del crédito horario de cada representante
                                                           sindical

                  182.  PRINCIPIO DE IGUALDAD              Artículo 49  -  Igualdad de oportunidades:  -
                     SALARIAL                              Igualdad salarial en trabajo de igual valor

                  183.  PROTECCIÓN DE VIOLENCIA
                     DE GÉNERO                             Referencia en Artículo 43 - Licencias



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