Page 298 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario
2025, en el caso de que el Índice de Precios
al Consumo (IPC), establecido por el InE,
registrara en el año natural de 2025 un
incremento superior al 2%, se efectuará una
revisión de las tablas salariales, tan pronto se
constate oficialmente dicha circunstancia, en
el exceso sobre la indicada cifra, y con el
límite máximo de un 2%, lo que equivaldría a
un incremento total máximo, en caso de que
se produjera del 4%. Tal incremento se
abonará con efectos de 1 de enero de 2024,
sirviendo como base de cálculo para el
incremento salarial del año 2025, y para
llevarlo a cabo se tomarán como referencia
los salarios o tablas utilizados para realizar los
aumentos pactados para el año 2024. La
revisión salarial del año 2025, en el caso de
que la hubiera, se abonará durante el primer
trimestre del año 2026. En caso de que el
Índice de Precios al Consumo (IPC),
establecido por el InE, registrara en el año
natural de 2025 un incremento superior al 4%,
además de la revisión indicada anteriormente,
se efectuará una actualización de salarios de
las tablas salariales de 2026 en el exceso
sobre la indicada cifra. Para llevarla a cabo se
tomarán como referencia los salarios para
realizar los aumentos pactados. Tal
actualización no se abonará como tal, pero
servirá como base de cálculo para el
incremento salarial desde el 1 de enero del
año siguiente.
Igualdad de trato entre y
oportunidades entre hombres y
PERSPECTIVA DE Principio de Igualdad Salarial
mujeres
GÉNERO E Protección de Violencia de Género
IGUALDAD Acoso Sexual y por razón de sexo
(Sanciones/medidas/protocolo)
Artículo 19 – Conciliación de la vida familiar: 1. En
177. IGUALDAD DE TRATO Y materia de igualdad, será de obligado
OPORTUNIDADES ENTRE cumplimiento lo establecido en la Ley Orgánica
HOMBRES Y MUJERES 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva
de mujeres y Hombres (BOE 23/03/2007).
178. PRINCIPIO DE IGUALDAD No
SALARIAL
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