Page 304 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
P. 304

Buenas prácticas en el sector Agroalimentario


                                                           estos efectos, ambas  partes acuerdan abordar la
                                                           aplicación del párrafo anterior, en consonancia con
                                                           los criterios y declaraciones generales previstas en
                                                           la mencionada Ley, así como con los siguientes:
                                                           Principios generales.

                                                           1. Los riesgos para la salud del trabajador se
                                                           prevendrán evitando su generación y sólo en última
                                                           instancia se utilizarán los medios de protección
                                                           individual (EPIs) contra los mismos.
                                                           2. En toda ampliación o modificación del proceso
                                                           productivo se procurará que la nueva tecnología no
                                                           genere riesgos que superen los valores límites
                                                           señalados, en su caso, por el Ministerio de Trabajo.
                                                           Cuando se implante nueva tecnología se añadirán
                                                           asimismo las técnicas de protección que dicha
                                                           tecnología lleve anejas.
                                                           3. Todo  accidente  de trabajo, enfermedad
                                                           profesional u otro tipo de daño a la salud del
                                                           trabajador,

                                                           derivado del trabajo, obligará en forma perentoria a
                                                           la adopción de  todas las medidas que sean
                                                           necesarias para evitar la repetición de dicho daño.
                                                           Las medidas correctoras e informes paliativos que
                                                           como consecuencia  de estos  accidentes o
                                                           enfermedades profesionales se remitan a la
                                                           empresa por parte de las personas u órganos
                                                           encargados de la

                                                           actividad de vigilancia de la salud y prevención de
                                                           riesgos de la empresa, así como por los organismos

                                                           competentes para la protección de la salud  y la
                                                           seguridad de los trabajadores/as, serán facilitados
                                                           por parte  de la misma a los  Delegados/as de
                                                           Prevención y miembros del comité de seguridad y
                                                           salud.

                                                           4. En toda empresa  de nueva creación o  todo
                                                           nuevo proceso que se implante en las existentes, si
                                                           no
                                                           existiera normativa legal que reglamentase un nivel
                                                           de exigencia en materia de prevención de riesgos,
                                                           las mismas confeccionarán un proyecto de
                                                           seguridad, a los efectos legales que proceda. De tal
                                                           proyecto y/o plan se dará conocimiento previo a la
                                                           representación legal de los trabajadores para que
                                                           emitan informe.

                                                           La Dirección informará al Comité  de Seguridad y
                                                           Salud y/o delegados de prevención de las medidas


                                                          300
   299   300   301   302   303   304   305   306   307   308   309