Page 228 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario


                                                                 correspondientes en 2022 y los atrasos
                                                                 reportados desde 1 de enero de  2022 se
                                                                 abonarán a los dos meses siguiente  de la
                                                                 publicación del presente convenio colectivo.
                                                                     Igualdad de trato entre y
                                                                       oportunidades entre hombres y
                PERSPECTIVA DE                                       Principio de Igualdad Salarial
                                                                       mujeres
                       GÉNERO E                                      Protección de Violencia de Género

                      IGUALDAD                                       Acoso Sexual y por razón de sexo
                                                                       (Sanciones/medidas/protocolo)


                                                           Artículo 24 - Igualdad de oportunidades:
                                                           De acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2007
                                                           para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, las
                                                           empresas incluidas en el ámbito de aplicación de
                  113.  IGUALDAD DE TRATO Y                este  Convenio estarán obligadas   a respetar la
                     OPORTUNIDADES ENTRE                   igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito
                     HOMBRES Y MUJERES                     laboral y, con cuyo objeto adoptarán las medidas
                                                           dirigidas  a  evitar  cualquier  tipo  de  discriminación
                                                           laboral  entre  hombres  y  mujeres,  medidas  que
                                                           negociarán y, si procede, acordarán con la
                                                           representación legal de la plantilla en la forma que
                                                           se determine en la legislación laboral.
                  114.  PRINCIPIO DE IGUALDAD              No
                     SALARIAL
                  115.  PROTECCIÓN DE VIOLENCIA
                     DE GÉNERO                             No

                  116.  ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN           Artículo 64  -  Acoso  sexual y moral:  Las partes
                     DE SEXO                               afectadas por el presente convenio asumen el
                     (SANCIONES/MEDIDAS/PROTOCOLO)         compromiso de velar para que haya en las
                                                           cooperativas un ambiente exento de riesgo por la
                                                           salud y, en concreto, por el acoso sexual y moral,
                                                           estableciendo procedimientos en las cooperativas
                                                           para presentar quejas por qué sean víctimas de
                                                           conductas inapropiadas a fin de  obtener ayuda
                                                           inmediata.  Se entiende por acoso sexual,  todas
                                                           aquellas conductas ofensivas y no deseadas por la
                                                           persona agredida  y  que determine una situación
                                                           que afecta a las condiciones laborales y que creen
                                                           un entorno laboral ofensivo, hostil, intimidatorio y
                                                           humillante, así como a peticiones sexuales,
                                                           insinuaciones y actitudes que asocien la mejora de
                                                           las condiciones  de  trabajo o  la estabilidad  en el
                                                           puesto de trabajo, a la aprobación o denegación de
                                                           los mencionados favores. Se entiende por acoso
                                                           moral,  todas las conductas que desprecien la



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