Page 232 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario
planes de igualdad con el alcance y contenido
preaviso en el capitulo 3 del Titulo IV de la Ley
Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres”.
Artículo 57 - De la mujer trabajadora:
Atendiendo a las especiales dificultades que las
mujeres tienen para su inserción y estancia en el
mercado de trabajo, las partes se comprometen a
la adopción de medidas que impidan cualquier tipo
de discriminación en las ofertas de empleo,
selección y consiguiente contratación de
trabajadores/as así como para ocupar puestos de
trabajo cualificados, manteniendo estricta igualdad
en las retribuciones, considerando que las
situaciones que se deriven de su condición de
mujer como embarazo, lactancia, atención de los
hijos, etc., no sólo no supongan una traba para la
118. PRINCIPIO DE IGUALDAD contratación y promoción profesional de la mujer
SALARIAL trabajadora sino que deban ser tenidas en cuenta
para facilitar su incorporación y estancia en e
trabajo en igualdad de derechos e impida, entre
otras cuestiones, la exposición de la mujer
embarazada a
agentes tóxicos o condiciones de trabajo con
riesgo especifico para ella o el feto
ANEXO V - MEDIDAS DE IGUALDAD DE TRATO Y
OPORTUNIDADES ENTRE HOMBRES Y
MUJERES: OBJETIVOS DE LAS MEDIDAS. -
Asegurar que la gestión de Recursos Humanos es
conforme a los requisitos legales aplicables en
materia de igualdad de oportunidades. Incluidas las
retribuciones fijas y variables.
119. PROTECCIÓN DE *Referencia en Artículo 26 - Permisos Retribuidos
VIOLENCIA DE GÉNERO
120. ACOSO SEXUAL Y POR ANEXO V - MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA
RAZÓN DE SEXO PREVENIR DEL ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE
(SANCIONES/MEDIDAS/PROTOCOLO) SEXO EN EL TRABAJO El acoso por razón de sexo
vulnera los derechos a la intimidad, a la dignidad, a
la libertad sexual, a la igualdad y no discriminación,
a la salud y seguridad y al empleo.
Independientemente de lo establecido en el código
penal, constituye acoso sexual cualquier
comportamiento verbal o físico realizado en
función del sexo de una persona que atente contra
su dignidad, creando un entorno degradante u
ofensivo. La empresa deberá promover
condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y
el acoso por razón de sexo y arbitrar
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